Este reporte fue realizado por Santiago Medina
Desde el año 2003 la Corte IDH ordenó al Estado Colombiano adoptar medidas provisionales, a fin de proteger colectivamente a personas que se encuentran agrupadas en Consejos Comunitarios y Zonas Humanitarias de Biodiversidad, en regiones donde los miembros de dichas comunidades han enfrentado riesgos para su vida e integridad, debido a las reclamaciones sobre el territorio que han hecho en el pacífico chocoano colombiano.
Mediante Resolución de 25 de noviembre de 2011 la Corte analizó la solicitud de ampliación de medidas provisionales, presentada por la Comisión Interamericana en abril de 2011. Como argumentación para dicha solicitud, la Comisión sostuvo que se mantenían condiciones de riesgo específico para la vida de otras personas que integraban los Consejos Comunitarios, situaciones que habían acontecido por la presencia de grupos paramilitares en la zona y la ausencia de la fuerza pública para protegerles (sobre los hechos más relevantes ver cons. 10 a 13). Además, la Comisión justificó su solicitud en lo siguiente: a) la existencia de nuevos beneficiarios para ampliar las medidas provisionales; b) la existencia de otras zonas humanitarias de biodiversidad en la región, y c) la grave situación de amenazas contra los líderes de las Comunidades agrupadas en zonas humanitarias (cons. 14). La Comisión presentó pruebas sobre la ubicación de las zonas mediante mapas interactivos (cons. 15).
