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jueves, 27 de noviembre de 2014

Libro sobre la cosa juzgada fraudulenta


Este reporte fue elaborado por OswaldoRuiz-Chiriboga.

Federico Morgenstern y Guillermo Orce publicaron el libro “Cosa Juzgada Fraudulenta. Dos ensayos sobre la llamada cosa juzgada írrita” (Buenos Aires: Abeledo Perrot, 2014). El índice de la obra es el siguiente:

PRI MERA PARTE
Por Federico Morgenstern

Introducción
I. Fundamentos filosóficos de la cosa juzgada y el ne bis in idem. Lo írrito
II. Double jeopardy y refutación del argumento antiacoso
III. Sobreseimientos fraudulentos, riesgo efectivo y el caso alemán
IV. Maier, el sistema alemán y Derecho vs. ciencia
V. Reglas, principios y excepciones. Ilícitos atípicos
VI. Misión del Derecho penal, disintiendo con el garantismo. La interacción justicia/seguridad
VII. Falacias y contraargumentos.
VIII. “Galeano”
IX. Isabelita y el uso de los precedentes
X. Novela encadenada y jurisprudencia de la CSJN y de la CIDH
XI. Legitimidad del sistema penal, distintas concepciones del proceso penal y corrupción

SEG UNDA PARTE
Por Guillermo Orce

I. Introducción
II. La garantía contra la múltiple persecución penal en el sistema jurídico estadounidense
a) El estado de la discusión hasta el fallo “Green”
b) La situación posterior al fallo “Green”
III. Las propuestas académicas de reforma
a) Asimetría como inconsistencia del sistema
b) Nuevas pruebas, condenas ab initio erradas e incertidumbre
IV. ¿Justificación epistemológica para el cambio de las reglas de juego durante el juego?
V. ¿Qué es el juicio? Razones de la imposibilidad de revisión desde fuera de su propio sistema
a) El juicio como sistema observador
b) Observación del hecho vs. observación del juicio: observación de la observación
c) Hacia una serie de criterios para la revisión posible de la cosa juzgada
VI. La reanudación del procedimiento penal en perjuicio del imputado en el sistema jurídico alemán
VII. Hacia la noción de competencia. Competencia por qué cosas y en qué medida
a) Recapitulación
b) Competencia por la derogación del juicio vs. competencia por jugadas deshonestas dentro de un juicio
c) Jugadas deshonestas
d) Fraude completo

miércoles, 6 de noviembre de 2013

Dos sentencias sobre independencia judicial


Izquierda: Lucio Gutiérrez. Derecha: Abdalá Bucaram
Este reporte fue realizado por Oswaldo Ruiz-Chiriboga.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos hizo públicas dos sentencias en contra de la República del Ecuador, relacionadas con la independencia judicial. 

Hechos

Los hechos de ambos casos se remontan al año 2004, cuando entonces era Presidente de la República del Ecuador el Coronel (r) Lucio Gutiérrez Borbúa.

Conforme lo recogen las sentencias de la Corte IDH, el 9 de noviembre de 2004 los partidos de oposición al gobierno de Gutiérrez preparaban en el Congreso Nacional un enjuiciamiento político en su contra por el delito de peculado. En ese momento, el Partido Sociedad Patriótica (PSP) al que pertenecía Gutiérrea no tenía una mayoría en el Congreso. Para impedir el mencionado enjuiciamiento, el Gobierno logró construir una mayoría parlamentaria e hizo acuerdos políticos, entre otros, con el Partido Roldosista Ecuatoriano (PRE) para cesar a los magistrados y conformar una “nueva” Corte. El líder del PRE, el ex Presidente de la República, Abdalá Bucaram, buscaba la anulación de varios juicios penales, que se tramitaban en la Corte Suprema, en los que tenía orden de privación de libertad y por los que se encontraba prófugo en Panamá. Bucaram todavía permanece en el mencionado país centroamericano en calidad de “asilado político”.

El 23 de noviembre del 2004, el Presidente Gutiérrez anunció el propósito de impulsar en el Congreso la reorganización del Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo Electoral, así como de la Corte Suprema de Justicia. El 25 de noviembre de 2004 el Congreso Nacional resolvió que los vocales principales y suplentes del Tribunal Constitucional habían sido designados en forma ilegal en 2003 y cesó en sus funciones a todos sus vocales principales y suplentes, algunos de los cuales fueron posteriormente enjuiciados políticamente por el propio Congreso. Asimismo, se declaró cesantes en sus cargos a los vocales del Tribunal Supremo Electoral. Ese mismo día, el Congreso Nacional designó por ternas enviadas por el Presidente de la República y por otras instituciones públicas a los nuevos vocales principales y suplentes del Tribunal Constitucional. Posteriormente, el 26 de noviembre de 2004, el Congreso Nacional designó a 7 vocales principales y 7 vocales suplentes del Tribunal Supremo Electoral.

jueves, 27 de diciembre de 2012

Corte IDH dicta sentencia contra República Dominicana en el caso Nadege Dorzema y otros


Este reportaje fue elaborado por Francisco J. Rivera Juaristi.

La Corte IDH hizo pública su Sentencia de 24 de octubre de 2012, dictada en el caso Nadege Dorzema y otros Vs. República Dominicana, también conocido como el caso de la masacre de Guayubín.

El caso trata del uso excesivo de la fuerza por agentes militares dominicanos en contra de un grupo de haitianos en el que perdieron la vida siete personas y varias más resultaron heridas. El 18 de junio de 2000, en el transcurso de una persecución en territorio dominicano, soldados dominicanos dispararon contra un camión que no se detuvo en un puesto de control de migración entre Haití y la República Dominicana, lo cual resultó en cuatro personas muertas y varias personas heridas. Durante la persecución el camión se volcó, causando la muerte de una quinta persona. Varios de los sobrevivientes corrieron para salvar sus vidas, pero los militares continuaron disparando contra ellos y causaron la muerte de dos personas adicionales. En total, perdieron la vida seis nacionales haitianos, un nacional dominicano y al menos 10 personas resultaron heridas.

Algunos de los sobrevivientes fueron trasladados a un hospital, sin que fueran registrados ni atendidos debidamente. Agentes militares detuvieron a los otros sobrevivientes, los amenazaron con llevarlos a prisión, y les pidieron pagar dinero a los agentes para llevarlos a la frontera con Haití. Algunos migrantes haitianos involucrados en los hechos fueron expulsados sin las garantías debidas. Los cuerpos de los haitianos fallecidos fueron inhumados en una fosa común y, a la fecha, no han sido repatriados ni entregados a sus familiares. Los hechos del caso fueron puestos en conocimiento de la justicia militar, a pesar de las solicitudes de los familiares de las víctimas de que el caso fuera remitido a la justicia ordinaria. Todos los militares involucrados fueron absueltos.