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jueves, 10 de junio de 2021

Cinco nuevos casos ante la Corte

Este reporte fue elaborado por Álvaro Paúl Díaz.

 

Recientemente la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió cinco comunicados de prensa mediante los cuales informó sobre la presentación de sendos casos ante la Corte Interamericana.  Tales comunicados son los siguientes:

 

1.  Comunicado 127/21 (19.05.21), Caso Humberto Cajahuanca Vásquez respecto de Perú. 

Este asunto fue enviado a la Corte el 12 de mayo de 2021.  El caso se referiría a “la violación de las garantías judiciales del señor Cajahuanca en el marco de un proceso sancionatorio seguido en su contra y que determinó la remoción de su cargo como magistrado de la Corte Superior de Justicia de Huánuco.”

 

2.  Comunicado 130/21 (20.05.21), Caso Daniel García Rodríguez y Reyes Alpizar Ortíz respecto de México. 

Este asunto fue enviado a la Corte el 6 de mayo de 2021.  El caso se referiría a “a las torturas, violaciones al debido proceso y a la libertad personal en contra de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortíz, quienes permanecieron detenidos en prisión preventiva por más de 17 años.”

 

3.  Comunicado 141/21 (01.06.2021), Caso Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile y otros respecto de México.

Este asunto fue enviado a la Corte el 1 de mayo de 2021.  El caso se referiría a “la detención ilegal y arbitraria de Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López, a la aplicación de la figura del arraigo y a la falta de garantías judiciales en el proceso penal que se siguió en su contra.”

 

4.  Comunicado 144/21 (08.06.21), Caso Oscar Iván Tabares Toro respecto de Colombia.

Este asunto fue enviado a la Corte el 25 de mayo de 2021.  El caso se referiría “a la desaparición forzada de Oscar Iván Tabares Toro, así como a la posterior falta de investigación de los hechos y esclarecimiento de las circunstancias relativas a su desaparición.”  Tabares era un soldado adscrito a la Escuela de Artillería General que habría desaparecido mientras se encontraba acampando en una compañía del Batallón de Contraguerrillas N° 20.

 

5.  Comunicado 146/21 (09.06.21), Caso José Airton Honorato y otros (Castelinho), respecto a Brasil.

Este asunto fue enviado a la Corte el 28 de mayo de 2021.  El caso se referiría a la responsabilidad del Estado por el asesinato de varias personas “por parte de policías en el año 2002, y por la situación de impunidad.” La CIDH afirma: “El 5 de marzo de 2002, en las proximidades de la ciudad de Sorocaba, Sao Paulo, la Policía Militar llevó a cabo un operativo contra el ‘Primeiro Comando da Capital’ (PCC), principal organización criminal de la ciudad. Dicho operativo, conocido como ‘Castelinho’, nombre de la localidad donde fue llevado a cabo, fue planificado y ejecutado por el GRADI [Grupo de Represión y Análisis de los Delitos de Intolerancia], quien instruyó a ex presos informantes a que engañaran al PCC sobre la existencia de un avión con dinero que llegaría al aeropuesto de Sorocaba. La Policía Militar cercó el lugar con aproximadamente cien policías y, sin la presencia de testigos que pudieran cuestionar la versión oficial, se produjo un tiroteo que fue justificado como un acto de resistencia a un grupo que viajaba en un autobús. A raiz del operativo, en el cual se hicieron más de 700 disparos, fue herido un policía con lesiones leves y murieron las doce víctimas del presente caso.”

 

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domingo, 1 de marzo de 2020

CIDH Informa en febrero sobre 7 nuevos casos


Este reporte fue elaborado por Álvaro Paúl Díaz.

Durante febrero la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió 7 comunicados de prensa mediante los cuales informó la presentación de sendos casos ante la Corte Interamericana.  Dentro de estos casos pueden observarse algunos que fueron enviados a la Corte ya en el mes de agosto de 2019, por lo que llama la atención que la Comisión se demore tanto en informarle a la opinión pública sobre la presentación de estos informes.  Tales comunicados son los siguientes:

1.  Comunicado 36/20 (13.02.20), Caso N° 12.827, Héctor Fidel Cordero Bernal y otros vs. Perú.

Este asunto fue enviado a la Corte el 16 de agosto de 2019.  El comunicado describe los hechos del siguiente modo:  “El caso se refiere a una serie de violaciones en el marco del proceso disciplinario que culminó con la destitución de Héctor Fidel Cordero Bernal de su cargo de Juez del 4to Juzgado Especializado en lo Penal de la Ciudad de Huánuco, Perú en 1996, luego de emitir una decisión en la que concedió libertad incondicional a un procesado.”

2.  Comunicado 37/20 (13.02.20), Caso N° 13.039, Martina Rebeca Vera Rojas vs. Chile. 

Este asunto fue enviado a la Corte el 6 de septiembre de 2019.  El comunicado describe los hechos del siguiente modo:  “El caso se encuentra relacionado con la responsabilidad del Estado por la falta de regulación, control y sistemas de regulación adecuado para la fiscalización de tratamientos médicos por parte de una aseguradora de salud en perjuicio de la víctima.”

3.  Comunicado 38/20 (14.02.20), Caso N° 12.997, Sandra Cecilia Pavez Pavez, respecto de Chile.

Este asunto fue enviado a la Corte el 11 de septiembre de 2020.  El comunicado señala: “El caso se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado por la inhabilitación, con base en la orientación sexual, de la señora Pavez para el ejercicio de la docencia de la asignatura de religión en una institución de educación pública, cargo que desempeñaba desde hacía más de 22 años. El 25 de julio de 2007 la Vicaría para la Educación del Obispado de San Bernardo revocó su certificado de idoneidad, requerido por el Decreto 924 del Ministerio de Educación de 1983 para ejercer como profesora de religión, con base en su orientación sexual, motivo por el cual quedó inhabilitada para ejercer dicho puesto docente. La señora Pavez presentó un recurso de protección, el cual fue rechazado por la Corte de Apelaciones de San Miguel al considerar que el acto recurrido no era ilegal o arbitrario, decisión que fue confirmada por la Corte Suprema de Justicia.”


4.  Comunicado 39/20 (14.02.20), Caso N° 12.985, Jorge Villarroel y otros, respecto de Ecuador.

Este asunto fue enviado a la Corte el 13 de septiembre de 2019.  El comunicado señala: “El caso se relaciona con la detención ilegal y arbitraria de los entonces oficiales de la Policía Nacional: Jorge Villarroel Merino, Mario Rommel Cevallos Moreno, Jorge Coloma Gaybor, Fernando López Ortiz, Amílcar Ascazubi Albán y Patricio Vinuesa Pánchez en mayo de 2003, así como de las vulneraciones a las garantías judiciales cometidas en el proceso seguido en su contra por el delito de peculado.”

5.  Comunicado 42/20 (18.02.20), Caso N° 12.229, Familiares de Digna Ochoa y Plácido, respecto de México.

Este asunto fue enviado a la Corte el 2 de octubre de 2019.  Según el comunicado:  “El caso se relaciona con la responsabilidad del Estado mexicano por la falta de debida diligencia en la investigación seguida por la muerte de la defensora de derechos humanos Digna Ochoa y Plácido. La Comisión estableció la existencia de un contexto de amenazas y agresiones en contra de las personas defensoras de derechos humanos en la época de los hechos y estimó que tanto la incidencia de esta situación en el estado de Guerrero como los altos índices de impunidad de casos que involucraban a militares hacían parte de dicho contexto.”

6.  Comunicado 43/20 (18.02.20), Caso N°  12.702, Bonifacio Ríos Avalos y Carlos Fernández Gadea respecto de Paraguay.

Este asunto fue enviado a la Corte el 3 de octubre de 2019.  El comunicado describe los hechos del siguiente modo:  “El caso está relacionado con una serie de violaciones en el marco de los juicios políticos que culminaron con las destituciones de las víctimas de sus cargos de Ministros de la Corte Suprema de Justicia de Paraguay en 2003.”

7.  Comunicado 46/20 (19.02.20), Caso N° 13.392, Familia Julien-Grisonas, respecto de Argentina.

Este asunto fue enviado a la Corte el 4 de diciembre de 2019.  Según el comunicado:  “El caso se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado por la desaparición forzada de Mario Roger Julien Cáceres y Victoria Lucía Grisonas Andrijauskaite iniciada en un operativo policial y militar durante la dictadura argentina. El caso también se refiere a la falta de una adecuada investigación, sanción y reparación por estos hechos, así como por tortura, desaparición forzada y otras violaciones en perjuicio de Anatole y Victoria, hijo e hija del matrimonio Julien-Grisonas, ocurridas a raíz del mismo operativo.”


lunes, 28 de noviembre de 2016

Nuevos casos sobre integridad física y desapariciones forzosas

Este reporte fue elaborado por Álvaro Paúl Díaz.

Recientemente la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió tres comunicados de prensa mediante los cuales informó sobre la presentación de sendos casos ante la Corte Interamericana.  Tales comunicados son los siguientes:


1.  Comunicado 168/16 (17.11.16), Caso N°. 12.797 Linda Loaiza López Soto y familiares, respecto de Venezuela.  

Este asunto fue enviado a la Corte el 2 de noviembre de 2016.  Según el comunicado, el caso “se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado de Venezuela por las graves afectaciones a la integridad personal, a la libertad personal, a la vida privada, dignidad y autonomía y al derecho a vivir libre de violencia y discriminación, sufridas por Linda Loaiza López Soto, de entonces 19 años de edad, entre el 27 de marzo y el 19 de julio de 2001. Linda Loaiza López Soto estuvo en situación de privación de libertad en contra de su voluntad y que fue víctima de actos de violencia atroz durante casi cuatro meses, lo que incluyó mutilaciones, severas lesiones físicas y afectaciones psicológicas cometidas con suma crueldad así como repetidas formas de violencia y violación sexual, todo con un impacto profundo e irreversible en su vida. Toda esta violencia estuvo motivada y puso de manifiesto un brutal ensañamiento con la condición de mujer de la víctima, por lo que constituyó violencia de género que en el caso concreto tuvo una intensidad extrema.”


2.  Comunicado 173/16 (22.11.16), Caso No. 12.916 – Nitza Paola Alvarado y otros, respecto de México.  

Este asunto fue enviado a la Corte el 9 de noviembre de 2016.  Según el comunicado, el caso “El caso se relaciona con la desaparición forzada de Nitza Paola Alvarado Espinoza, José Ángel Alvarado Herrera y Rocío Irene Alvarado Reyes, por parte de agentes estatales, en el Ejido Benito Juárez, Estado de Chihuahua, México, desde el 29 de diciembre de 2009. A la fecha, se desconoce el destino o paradero de las tres víctimas desaparecidas.”  Además, afirmó que éste sería el primer caso referido “a la desaparición forzada en el contexto de la lucha contra el narcotráfico y la delincuencia organizada en México.”


3.  Comunicado 174/16 (22.11.16), Casos acumulados 11.053, 11.054, 12.224, 12.225 y 12.823 –Wilfredo Terrones Silva, Teresa Díaz Aparicio, Santiago Antezana Cueto, Néstor Rojas Medina y Cory Clodolia Tenicela Tello, respecto de Perú.

Este asunto fue enviado a la Corte el 9 de noviembre de 2016.  Según el comunicado, los casos “se relacionan con las desapariciones forzadas de Wilfredo Terrones Silva (desde el 26 de agosto de 1992), Teresa Díaz Aparicio (desde el 19 de agosto de 1992), Santiago Antezana Cueto (desde el 7 de mayo de 1984), Néstor Rojas Medina (desde el 26 de enero de 1991) y Cory Clodolia Tenicela Tello (desde el 2 de octubre de 1992). Lo anterior tuvo lugar en el contexto de la práctica sistemática y generalizada de la desaparición forzada en el marco de la lucha antiterrorista por parte del Estado peruano, con especial incidencia en dichos años. El Estado no aportó información sobre hipótesis alternativas a la desaparición forzada de personas y la mayoría de los casos se encuentra en situación de impunidad total. A la fecha no se conoce el destino o paradero de ninguna de las víctimas, por lo que su desaparición forzada continúa cometiéndose.”


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viernes, 14 de octubre de 2016

Tres nuevos casos ante la Corte

Este reporte fue elaborado por Álvaro Paúl Díaz

Recientemente la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió tres comunicados de prensa mediante los cuales informó sobre la presentación de sendos casos ante la Corte Interamericana.  Tales comunicados son los siguientes:

1.  Comunicado 139/16 (27.09.16), Caso N°. 12.695, Vinicio Antonio Poblete Vilches y familiares, respecto de Chile. 

Este asunto fue enviado a la Corte el 26 de agosto de 2016.  Según el comunicado, el caso “se relaciona con las acciones y omisiones que tuvieron lugar entre el 17 de enero y el 7 de febrero de 2001, fechas en las cuales Vinicio Antonio Poblete Vilches ingresó en dos oportunidades al hospital público Sótero del Río, donde falleció en la última fecha. La Comisión estableció que en dos momentos el personal médico del hospital se abstuvo de obtener el consentimiento informado para la toma de decisiones en materia de salud. Específicamente, en el marco de un procedimiento realizado el 26 de enero de 2001 durante el primer ingreso al hospital, así como en la decisión de mantenerlo en “tratamiento intermedio” en las horas anteriores a su muerte en el segundo ingreso al hospital. Por otra parte, la Comisión concluyó que existen suficientes elementos para considerar que la decisión de dar de alta a Vinicio Antonio Poblete Vilches y la manera en que la misma se realizó, pudo tener incidencia en el rápido deterioro que sufrió en los días inmediatamente posteriores a su salida del hospital y su posterior muerte cuando ingresó nuevamente en grave estado de salud. Asimismo, la Comisión determinó la responsabilidad estatal por la falta de provisión del tratamiento intensivo que requería en su segundo al hospital. Finalmente, la Comisión consideró que las investigaciones a nivel interno no fueron realizadas con la debida diligencia y en un plazo razonable.”


2.  Comunicado 140/16 (27.09.16), Caso No. 12.846, Mariana Selvas Gómez y otras, respecto de México. 

Este asunto fue enviado a la Corte el 17 de septiembre de 2016.  Según el comunicado, el caso “se relaciona con violaciones a los derechos humanos cometidas en contra de Mariana Selvas Gómez, Georgina Edith Rosales Gutiérrez, María Patricia Romero Hernández, Norma Aidé Jiménez Osorio, Claudia Hernández Martínez, Bárbara Italia Méndez Moreno, Ana María Velasco Rodríguez, Yolanda Muñoz Diosdada, Cristina Sánchez Hernández, Patricia Torres Linares y Suhelen Gabriela Cuevas Jaramillo, en el marco de las detenciones y traslados realizados en los operativos policíacos que tuvieron lugar en los municipios de Texcoco y San Salvador Atenco los días 3 y 4 de mayo de 2006, respectivamente, en el contexto del conflicto y las protestas de floricultores y otros grupos.

“La Comisión estableció que la detención de las once mujeres los días 3 y 4 de mayo de 2006 fue ilegal,  arbitraria y sin ser informadas sobre las razones de su detención, ni sobre los cargos respectivos. Asimismo, la Comisión determinó que las once mujeres acudieron a rendir su primera declaración sin contar con información mínima ni defensa técnica.

“Tras analizar la prueba disponible, la Comisión consideró acreditada la existencia de graves actos de violencia física y psicológica, incluyendo diversas formas de violencia sexual en contra de las once mujeres, y de violación sexual en el caso de siete de ellas. La CIDH consideró acreditado que estos actos fueron cometidos por agentes estatales, calificó estos hechos como tortura y determinó que las once mujeres fueron víctima de diversas formas de tortura física, psicológica y sexual en el marco de su detención, traslados y llegada al centro de detención.

“La Comisión también estableció que el Estado mexicano incumplió con su obligación de investigar estos hechos con la debida diligencia y en un plazo razonable. Finalmente, la Comisión determinó que hubo afectaciones a la integridad psíquica y moral en perjuicio de los familiares de las víctimas.”


3.  Comunicado 142/16 (28.09.16), Caso No. 11.550 Maurilia Coc Max y otros (Masacre de Xaman), respecto de Guatemala.

Este asunto fue enviado a la Corte el 21 de septiembre de 2016.  Según el comunicado, el caso “se relaciona con la masacre perpetrada por miembros de las Fuerzas Armadas de Guatemala el 5 de octubre de 1995 en contra de once personas, incluyendo tres niños, que formaban parte de la población indígena q’eqchi’, mam, q’anjob’al y ixil y k’iche que ocupaba la finca Xaman. Las personas habían estado refugiadas en México como consecuencia de las graves violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado interno. En los mismos hechos, 29 personas resultaron heridas, tres de las cuales fallecieron posteriormente debido a las heridas causadas. En cuanto a las investigaciones realizadas, la Comisión determinó que mientras el caso estuvo bajo conocimiento de la justicia penal militar, el Estado incumplió con su obligación de investigar de manera independiente e imparcial. Asimismo, la Comisión determinó que si bien las autoridades judiciales de Guatemala condenaron a catorce miembros de las Fuerzas Armadas por estos hechos, a lo largo del proceso hubo deficiencias e irregularidades que constituyeron violaciones del deber de investigar con la debida diligencia y en un plazo razonable. La Comisión también concluyó que el Estado incumplió su obligación de remover los obstáculos generados por las amenazas y hostigamientos en contra de diversos actores en el proceso. Finalmente, la Comisión determinó que los hechos constituyeron una expresión de la discriminación racial ejercida contra el pueblo maya durante el conflicto armado en Guatemala.”


martes, 23 de febrero de 2016

Nuevo volumen de la Revista Interamericana y Europea de Derechos Humanos (Vol. 8, 2015)


Reporte elaborado por Oswaldo Ruiz-Chiriboga.

El Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Gante publicó el último volumen de su Revista Interamericana y Europea de Derechos Humanos / Inter-American and European Human Rights Journal (Vol. 8, 2015). A continuación la tabla de contenidos de la Revista y los respectivos resúmenes de cada artículo:

Torture, Military Jurisdiction and Conventionality Control: The Evolving Use of Cabrera García and Montiel Flores to Challenge Endemic Human Rights Violations in the Mexican Justice System
S. Erin Brewer & J. Sáenz Andujo

Abstract: This article examines the domestic impact of the Inter-American Court of Human Rights’ judgment in Cabrera García and Montiel Flores v. Mexico (known as the “Ecologists Case”). After briefly summarising the facts, judgment and state of compliance of the case, the article explains how three ongoing human rights struggles in Mexico have incorporated the Ecologists Case as a tool to challenge endemic and grave abuses. These three areas of impact are: (1) the movement to reform the Code of Military Justice so as to exclude human rights violations from military jurisdiction; (2) litigation and advocacy to combat the use of torture to obtain evidence in the criminal justice system; and (3) efforts to increase conventionality control by judicial authorities. Through an exploration of each of these areas of interaction between the inter-American system and the domestic judicial system and legal framework, the article concludes that the Ecologists Case judgment has played a positive role in each of the processes evaluated. Finally, the article identifies pending necessary steps to begin consolidating the jurisprudence of the Inter-American Court in daily practice in Mexico, a monumental task that will require continued efforts, including further dialogue and mutual support between national and inter-American actors, for years to come. 

Speculating on the Future of the Torture Victim Protection Act (TVPA) After Mohamad and Kiobel   
F. Seatzu


Abstract: The years 2011–2013 witnessed growing judicial interest in the Alien Tort Statute (ATS) and the Torture Victim Protection Act (TVPA), the two main “weapons” for civil law claims before US courts. This interest culminated in 2012 and 2013 with the adoption of two Supreme Court decisions (Mohamad v. Palestinian Authority and Kiobel v. Royal Dutch Petroleum) that are closely linked to each other, as the Supreme Court relied on the former to decide the latter. In Mohamad the US Supreme Court unanimously stated that the term “individual” under the TVPA encompasses only natural persons and does not refer to institutions. In so holding, the Court restricted the scope of the TVPA in a way that will apparently ban corporate liability and terminate claims filed against corporations under the TVPA for allegations of aiding and abetting torture and extrajudicial killing that occurred within the territory of a sovereign state other than the United States. In Kiobel the Supreme Court addressed the question of whether and under what circumstances US federal courts can allow a civil cause of action under the ATS for breaches of the law of nations that take place in a country outside the US. Proceeding from the premise that the TVPA and the ATS have much in common because they serve similar purposes, and that the TVPA was adopted as a note to the ATS, this work speculates about the future of the TVPA after the Supreme Court’s decision to deny extraterritorial effect to the ATS in Kiobel, which prompted statements from several NGO representatives and legal experts that transnational human rights litigation (the so-called “Filártiga human rights revolution”) in the United States have now come to a stop. To this end, taking into account the ATS and TVPA’s recent judicial practice before US courts (in particular the Supreme Court’s judgment in Mohamad and the most recent US Court of Appeals’ decision on Chowdhury v. Worldtel Bangladesh Holding Ltd.), this article explores the implications of this jurisprudence on the interests of the victims of torture and extrajudicial killings. The analysis is preceded by a short account of the history of the TVPA and its relationship with the ATS, and it goes on to discuss whether (and, if so, which) claims under the TVPA will survive the Kiobel and Mohamad jurisprudence. The reason for this is clear: TVPA claims are often filed in conjunction with civil lawsuits under the ATS. The article also advocates an interpretation of the TVPA that is able to keep this Act alive and relevant in practice, by showing that there is still room for civil law claims involving torture and extrajudicial killings grounded on the TVPA, and it ends with some concluding reflections.  

Amnesty Laws and the Inter-American Court of Human Rights 
G. Miniuci  

Abstract: This article focuses on four cases heard by the Inter-American Court of Human Rights that deal with the amnesty laws in Brazil, Chile, Peru and Uruguay. In this analysis, from a theoretical perspective that owes much to Robert Alexy and Martti Koskenniemi, the author intends to describe and explain the components of the arguments offered by the Court to justify its decisions. The proposal is therefore to research the legal arguments used in a specific context, i.e. in the amnesty law cases involving the four countries mentioned, with a view to describing patterns of justification and types of arguments
 

La jurisprudencia de los órganos internacionales de derechos humanos sobre el derecho al contacto entre niños y padres, y la obligación de pronta restitución de menores en caso de secuestro internacional
B. Arp 


Abstract: In situations of parental child abduction the abducting parent often prevents the other parent from maintaining any contact with the child. The Hague Convention on the Civil Aspects of International Child Abduction provides for a framework of cooperation between the authorities of the state where the child has its habitual residence and of the state where the child allegedly has been abducted. The object and purpose of this convention is to allow for the prompt return of abducted children. This article looks into how international human rights mechanisms have dealt with international abduction cases, and in particular, how they have interpreted the requirement of prompt return to their place of habitual residence and the right to effective contact between children and their parents. After an introduction to the international regulation on the right to prompt return of internationally abducted children, the article analyzes the jurisprudence of the Human Rights Committee, the European Court of Human Rights and the Inter- American human rights system. The article shows that these bodies have declared the international responsibility of states for tolerating an excessive delay in the domestic restitution procedures or for not respecting due process rules, although with some nuances.
 

New Trends on the Right to Non-Discrimination in the Inter-American System of Human Rights  
J.L. Caballero Ochoa & M. Aguilar Contreras
 

Abstract: Nowadays, one has started to study the principle of non-discrimination as an independent right, and not just as a general principle, susceptible of being violated autonomously. This perspective is the result of some paradigmatic cases which not only reflect the weakness of states to guarantee human rights, but also the fact that discrimination exists in an isolated manner, both in written law and in practice, and it takes place when exercising personal autonomy. In this sense, the new trends relating to this right in the light of international treaties have enriched its development and implementation, including by adding new categories protected from discrimination; the adaptation of new practices in its implementation; as well as the creation of a methodology of analysis based on the proportionality test. In this regard, cases such as Campo Algodonero v. Mexico and Atala Riffo and daughters v. Chile before the Inter-American Court of Human Rights, are clear examples of the application of this new interpretation of the right to non-discrimination. Furthermore, the discussion has also considered the creation of new international instruments that – as before other Courts – has widened the protection of the right to non-discrimination. This has happened in the past, for example, with racial discrimination matters or women’s rights. Finally, the evolution of the jurisprudence has tended to equate the right to non-discrimination with equality before the law, in order to consider it for national legislation
 

The Emergence of the Right to Water in the Inter-American Court of Human Rights
J. Murillo Chávarro 
 

Abstract: The human right to water started to emerge in the inter-American human rights system in the last decade. Even though none of the conventions on human rights that are in force in this regional system incorporate the human right to water, the Inter-American Court of Human Rights examines the role that drinking water plays in the realisation of other human rights. This article focuses on the analyses of case law of the Inter-American Court on Human Rights where access to water has been guaranteed. Although there are only few judgments concerning the protection of this right so far, they are remarkably important. The examined case law involved two different groups of people that are found in a vulnerable situation.
 

The Need to Deal with All Missing Persons Including those Missing as a Result of Armed Conflict, Disasters, Migration, Human Trafficking, and Human Rights Violations (including Enforced Disappearances) in International and Domestic Law and Processes J. Sarkin  

Abstract: This article examines the issues concerning missing people in the domestic and international context. Who they are, how many have gone missing and for what reasons people go missing, are analysed. The definition of what is, and what should be, a missing person is interrogated. It is argued that the present definition, that only includes people missing as a result of armed conflict, is too narrow. It is contended that who the missing are, ought to include those missing as a result of enforced disappearances, disasters, migration, human trafficking, organised crime, various acts of violence and other events. It is claimed that there is a limited understanding of the global dimension, or the true scale of the problem of the missing and the disappeared. It is argued that international and domestic processes to deal with the missing is inadequate and needs to be reformed. Recommendations are made to ensure that law reform occurs, and various processes are put into place internationally and domestically, including new institutions and new standards. It is suggested that there is a need for an international mechanism and standing capacity to provide a structured and sustainable response, including forensics, for all types of missing persons. Protocols are needed to develop cooperation strategies and the technical infrastructure required. It is argued that a global forum on missing persons should be created and round table meetings and other events could occur annually, to ensure the voices of families and survivors, international and other organisations as well as the sciences are heard.

martes, 11 de agosto de 2015

Artículos sobre fuentes del derecho internacional e implementación de sentencias



Reporte elaborado por Oswaldo Ruiz-Chiriboga.

En el último volumen de la Revista Tribuna Internacional (Vol. 4, No. 7, 2015), del Departamento de Derecho Internacional de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, se publicaron dos artículos que hacen referencia a la Corte IDH:

Impacto de las fuentes del derecho internacional en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina
Laura Araceli Aguzin

Resumen:La evolución del derecho y la comunidad internacionales produjeron profundas transformaciones en sus reglas. Entre estas modificaciones se destaca el que ya no es sólo un derecho destinado a regir las relaciones entre los Estados, sino fundamentalmente a regir las relaciones al interior de los mismos. De esta manera, el derecho internacional ha tenido un profundo impacto en los sistemas jurídicos internos. Este trabajo analiza el impacto desde las fuentes de producción normativa. Para ello se intenta esbozar la permeabilidad del sistema jurídico argentino a dichas fuentes internacionales”.

Esfuerzos nacionales para la implementación de las sentencias interamericanas: La experiencia mexicana
Gladys Fabiola Morales Ramírez

Resumen:El presente artículo está dedicado al análisis de la experiencia de México en el cumplimiento de sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, específicamente los esfuerzos de las autoridades nacionales en el diseño de instrumentos especializados para la implementación de estas decisiones”.

Ambos artículos pueden descargarse aquí.