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jueves, 16 de septiembre de 2021

Caso nuevo sobre discriminación racial

Este reporte fue elaborado por Álvaro Paúl Díaz.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el comunicado de prensa 213/21, mediante el cual informó que el 29 de julio presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos el caso Neusa dos Santos Nascimento y Gisele Ana Ferreira respecto de Brasil. Según la CIDH, el “caso se refiere a la discriminación racial sufrida en el ámbito laboral por Neusa dos Santos Nascimento y Gisele Ana Ferreira en 1998, así como la situación de impunidad respecto de estos hechos.”  Entre los hechos, se relata que “[a] raíz de un anuncio publicado en el periódico Folha de São Paulo sobre una vacante en la compañía Nipomed, las víctimas, ambas afrodescendientes, se presentaron en dicha compañía manifestando interés en el puesto. La persona que las atendió les informó que todas las vacantes estaban ocupadas, sin pedir información alguna a las candidatas. Horas después, una mujer blanca acudió a la compañía manifestando interés por la vacante anunciada y fue atendida por la misma persona, quien la contrató de inmediato.”

 

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miércoles, 10 de marzo de 2021

Tres nuevos casos ante la Corte

Este reporte fue elaborado por Álvaro Paúl Díaz

 Recientemente la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió tres comunicados de prensa mediante los cuales informó sobre la presentación de sendos casos ante la Corte Interamericana.  Tales comunicados son los siguientes:

 1.  Comunicado 36/21 (19.02.21), caso Antonio Tavares Pereira y otros, respecto de Brasil.

 Este asunto fue enviado a la Corte el 6 de febrero de 2021.  Según el comunicado, “[e]l caso se refiere al asesinato del trabajador rural Antonio Tavares Pereira y las lesiones sufridas por otras 185 personas trabajadoras pertenecientes al Movimiento de los Trabajadores Rurales Sin Tierra (MST), por parte de agentes de la policía militar, durante la represión de una marcha por la reforma agraria realizada el 2 de mayo de 2000 en el Estado de Paraná. El caso, el cual se refiere además a la impunidad respecto de estos hechos, se enmarca en un contexto de violencia vinculada a demandas por una reforma agraria en Brasil.”

  2.  Comunicado 39/21 (23.02.21), caso Raghda Habbal e hijos, respecto de Argentina.

 Este asunto fue enviado a la Corte el 3 de febrero de 2021.  Según el comunicado, “[e]l caso se refiere a la privación arbitraria de la nacionalidad argentina de Raghda Habbal adquirida por naturalización y de la residencia permanente de sus tres hijas e hijos, así como a las afectaciones a las garantías judiciales que se dieron en el marco de ambos procesos.”

 3.  Comunicado 41/21 (25.02.21), caso Santiago Leguizamón Zaván y familia, respecto de Paraguay.

 Este asunto fue enviado a la Corte el 13 de febrero de 2021.  Según el comunicado, “[e]l caso se refiere a la muerte de Santiago Leguizamón el 26 de abril de 1991, un importante y conocido periodista y defensor de derechos humanos de Pedro Juan Caballero, una de las zonas más violentas del Paraguay en la frontera con Brasil, por motivos que estarían vinculados a su profesión, así como a la falta de adopción de medidas adecuadas y oportunas por parte del Estado para protegerlo y prevenir la ocurrencia de dichos hechos. Asimismo, trata sobre la falta de una investigación efectiva y diligente por estos hechos, consistente con los estándares internacionales aplicables y a la impunidad en la que se encuentra el caso.”

 

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domingo, 20 de diciembre de 2020

Nuevo caso sobre defensor de reforma agraria

Este reporte fue elaborado por Álvaro Paúl Díaz

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el comunicado de prensa 304/20, mediante el cual informó que el 4 e diciembre presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos el caso Gabriel Sales Pimenta, respecto de Brasil.

La CIDH sostiene en su comunicado que el caso “se refiere a la responsabilidad del Estado por la situación de impunidad en la que se encuentran los hechos relacionados con la muerte de Gabriel Sales Pimenta, defensor de los derechos de los trabajadores rurales, ocurrida en 1982 en el Estado de Pará. Dicha muerte se produjo en un contexto de violencia relacionada con las demandas de tierra y la reforma agraria en Brasil.”

 

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sábado, 5 de diciembre de 2020

Corte condena a Brasil por explosión de fábrica de fuegos artificiales

Este reporte fue elaborado por Matías Rivera Sanguino


El 26 de octubre de 2020 la Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó la sentencia del Caso Empleados de la Fábrica de Fuegos en Santo Antônio de Jesus y sus familiares Vs. Brasil

En dicha sentencia, la Corte declaró responsable a Brasil por las violaciones a derechos humanos derivadas de una explosión que dejó una cifra de 60 personas muertas y 6 heridas. Entre las víctimas se encontraban 59 mujeres –de las cuales 19 eran niñas– y un niño. Cuatro de las mujeres fallecidas se encontraban en estado de embarazo. 


Según constató la Corte IDH, la gran mayoría de las trabajadoras de la fábrica eran mujeres afrodescendientes que vivían en condición de pobreza y tenían un bajo nivel de escolaridad. Aquello llevó a la Corte a concluir que las trabajadoras no contaban con ninguna otra alternativa económica distinta a trabajar en la fábrica. 


En relación con la explosión, se inició un proceso penal, uno administrativo y diversos procesos civiles y laborales. Al emitirse la sentencia de la Corte IDH, 18 años después de la explosión, únicamente había culminado el proceso administrativo y algunos civiles y laborales. 


Los hechos anteriores llevaron a la Corte a determinar que Brasil violó los siguientes derechos:

  1. Derecho a la vida y a la integridad personal.
  1. Derecho a condiciones equitativas y satisfactorias que garanticen la seguridad, la salud y la higiene en el trabajo, derechos de las niñas y los niños, derecho a la igualdad y prohibición de discriminación. 
  1. Derecho a las garantías judiciales y a la protección judicial.
  1. Derecho a la integridad de los familiares de las personas fallecidas y sobrevivientes de la explosión.


La sentencia continuó con la creciente tendencia de la Corte Interamericana a abordar la temática de Empresa y Derechos Humanos. Destaca en este sentido la mención expresa de la Corte a los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos, replicando lo que había realizado en la sentencia del caso Kaliña y Lokono. También destaca el extenso tratamiento de la temática que realizó el juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor en su voto razonado. Finalmente, resalta la medida de reparación que obliga al Estado de Brasil a rendir un informe sobre la aplicación de las Directrices Nacionales sobre Empresas y Derechos Humanos. 

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sábado, 7 de diciembre de 2019

Lluvia de casos ante la Corte

Este reporte fue elaborado por Álvaro Paúl Díaz.

Durante noviembre la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha emitido nueve comunicados de prensa mediante los cuales informó la presentación de sendos casos ante la Corte Interamericana.  Tales comunicados son los siguientes:

1.  Comunicado 280/19 (01.11.19), Caso N° 12.993, Jorge Luis Cuya Lavy y otros, respecto de Perú. 

Este asunto fue enviado a la Corte el 6 de agosto de 2019.  El comunicado describe los hechos del siguiente modo:  “El caso se relaciona con una serie de violaciones en el marco del proceso de evaluación y ratificación de las víctimas del caso, fiscales y jueces, por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) entre 2001 y 2002”.

2.  Comunicado 282/19 (01.11.19), Caso N° 12.263 - Marcia Barbosa de Souza y familiares, respecto de Brasil. 

Este asunto fue enviado a la Corte el 11 de julio de 2019.  El comunicado describe los hechos del siguiente modo:  “El caso se relaciona con la responsabilidad estatal por los hechos relacionados con la muerte de Márcia Barbosa de Souza en junio de 1998 de manos de un ex diputado estatal, el Sr. Aércio Pereira de Lima, así como por la situación de impunidad en que se encuentra el hecho. La Comisión concluyó que la inmunidad parlamentaria provocó un retraso en el proceso penal de Aércio Pereira de Lima de carácter discriminatorio y constituyó una violación de los derechos a las garantías judiciales, principio de igualdad y no discriminación y protección judicial en relación con el derecho a la vida, en perjuicio de la madre y el padre de Márcia Barbosa de Souza.”  La Comisión también concluyó que se produjeron otras violaciones.

3.  Comunicado 283/19 (01.11.19), Caso N° 12.786, ‘Luis Eduardo Guachalá Chimbó y familia’ respecto de Ecuador.

Este asunto fue enviado a la Corte el 11 de julio de 2019.  El comunicado señala que “El caso se relaciona con se relaciona con la desaparición de Luis Eduardo Guachalá Chimbó, persona con discapacidad mental, en enero de 2004, mientras se encontraba en un centro público de salud mental en la ciudad de Quito, Ecuador. En su Informe de Fondo la CIDH consideró que el Estado vulneró el derecho a la capacidad jurídica del señor Guachalá al institucionalizarlo en un centro de salud mental sin su consentimiento informado. Asimismo, la Comisión consideró que, por tales razones, el internamiento del señor Guachalá constituyó una privación de libertad arbitraria y una forma de discriminación por su condición de discapacidad.” La Comisión también concluyó que se produjeron otras violaciones.

4.  Comunicado 299/19 (19.11.19), Caso N° (no indica), ‘Olimpiades González y otros’ respecto de Venezuela.

Este asunto fue enviado a la Corte el 8 de agosto de 2019.  Según el comunicado: “El caso se relaciona con la detención ilegal y arbitraria de Olimpiades González y sus familiares María Angélica González, Belkis Mirelis González, Fernando González, Wilmer Antonio Barliza y Luis Guillermo González en noviembre de 1998 y enero de 1999, por parte de agentes estatales. Asimismo, la CIDH observó que dichas personas fueron sometidas a una detención preventiva en el marco de un proceso penal por el delito de homicidio, la cual resultó arbitraria.”

5.  Comunicado 300/19 (19.11.19), Caso N° 12.319 - Federación Nacional de Trabajadores Marítimos y Portuarios- FEMAPOR, respecto del Estado de Perú.

Este asunto fue enviado a la Corte el 26 de julio de 2019.  Según el comunicado:  “El caso se relaciona con la falta de cumplimiento de una sentencia de amparo de la Corte Suprema de la República del Perú, emitida el 12 de febrero de 1992, que estableció la manera correcta de calcular el Incremento Adicional de la Remuneración (IAR) a favor de 4,106 ex trabajadores marítimos, portuarios y fluviales. Dentro del proceso de ejecución de sentencia, 2,317 de los beneficiarios de la sentencia original, continuaron reclamando judicialmente, a partir del año 2010, por considerar que el cálculo de los pagos de los beneficios sociales era inexacto.”

6.  Comunicado 302/19 (20.11.19), Caso N° (no indica), ‘Vicente Aníbal Grijalva Bueno’ respecto de Ecuador.

Este asunto fue enviado a la Corte el 25 de julio de 2019.  El comunicado describe los hechos del siguiente modo:  “El caso se relaciona con la destitución arbitraria de Vicente Aníbal Grijalva Bueno como Capitán de Puerto de la Fuerza Naval ecuatoriana en 1993, así como la falta de garantías judiciales en el proceso sancionatorio de destitución y el proceso penal militar por delitos contra la fe militar que se le siguió en su contra. En su Informe de Fondo la CIDH consideró que en el proceso sancionatorio de destitución del señor Grijalva se violó su derecho de contar con una autoridad imparcial. La Comisión también determinó que el señor Grijalva no tuvo la posibilidad de conocer, participar y defenderse en dicho procedimiento.”

7.  Comunicado 303/19 (21.11.19), Caso N° 12.950, Rufino Jorge Almeida, respecto de Argentina.

Este asunto fue enviado a la Corte el 7 de agosto de 2019.  Según el comunicado:  “El caso se relaciona con la falta de indemnización del señor Rufino Jorge Almeida por el tiempo que permaneció bajo un régimen similar al de libertad vigilada (“libertad vigilada de facto”) durante la dictadura cívico-militar. El señor Almeida fue secuestrado el 5 de junio de 1978 por integrantes de las Fuerzas Armadas y detenido ilegalmente por 54 días en el centro clandestino de detención “El Banco”, donde fue torturado. Luego de su liberación fue sometido a una libertad vigilada de facto hasta el 30 de abril de 1983.”

8.  Comunicado 308/19 (22.11.19), Caso N° 12.805, Jimmy Guerrero, Ramón Molina y familiares respecto de Venezuela.

Este asunto fue enviado a la Corte el 24 de mayo de 2019.  Según el comunicado, el caso está “relacionado con las ejecuciones extrajudiciales de Jimmy Guerrero y de, su tío, Ramón Molina, por parte de funcionarios de las Fuerzas Armadas Policiales del estado Falcón, en Venezuela, ocurridas el 29 de marzo de 2003.”

9.  Comunicado 309/19 (22.11.19), Caso N° 12.991, Masacre de la Aldea Los Josefinos, respecto de Guatemala.

Este asunto fue enviado a la Corte el 10 de julio de 2019.  Según el comunicado:  “El caso se relaciona con los hechos ocurridos el 29 y 30 de abril de 1982 en la Aldea Los Josefinos, Guatemala, en el contexto del conflicto armado interno en el que existía una política de Estado destinada a llevar a cabo un ataque generalizado y sistemático, con violaciones masivas a los derechos humanos de la población civil, por medio de masacres, operaciones de tierra arrasada y desapariciones forzadas, destinadas a propagar terror e infligir castigo a aquellos percibidos como cercanos a la guerrilla, inhibiendo el apoyo a la insurgencia.”



lunes, 29 de abril de 2019

Latest volume Revista de Direito Internacional (Vol. 15, No. 3, 2018)


The latest volume of the Journal Revista de Direito Internacional (Vol. 15, No. 3, 2018) contains the following three articles on the Inter-American Human Rights System:   

Rafael Osvaldo Machado Moura

Resumo: "À luz de noções de políticas públicas, o vertente trabalho analisa o papel desempenhado pela Corte Interamericana de Direitos Humanos em relação ao Estado brasileiro. O Tribunal Interamericano tem competência para interpretar e aplicar por último as disposições da Convenção Americana de Direitos Humanos e de outros tratados regionais, a fim de evitar e/ou reparar violações a direitos e garantias previstos em âmbito regional, exercendo, assim, funções de controle de convencionalidade sobre a conduta das instituições públicas nacionais. O problema que este artigo se propõe a responder é: tem a Corte Interamericana interferido na criação e/ou modificação de políticas públicas a serem implementadas no Brasil? Em caso positivo, este trabalho classificará os mencionados julgados da Corte Interamericana, a partir de diretrizes conceituais, da tipologia e do ciclo das políticas públicas."

Ismael Francisco Souza, Luciana Rocha Leme, Erick da Luz Scherf

Abstract: Human rights were traditionally approached in International Relations by the Schools of Realism and Liberalism. However, these two theoretical approaches to the analysis of these rights have proved to be insufficient, requiring a different reading of the reality of human rights in international society. This work considers the constructivist approach to analyze the effects of the Inter-American Human Rights System on disputes involving the Brazilian State, in order to identify why Brazil accepts or not the directions/standards formulated by the System in relation to the promotion and protection of human rights in the country. The theoretical basis of this work was the Constructivist Theory of International Relations, from Wendt and Hillebrecht. The method used was the inductive one, with bibliographical research. It was possible to recognize that Brazil did not comply with the determinations established by the Inter-American System in the case of "Gomes Lund v. Brazil", but it followed the precepts of the American Convention by precluding the arrest of the unfaithful depositary. Therefore, it was identified that through theoretical constructivism it is possible to use more complex tools to analyze the way in which the States respond to the norms of human rights coming from the international society. 

Emilio Peluso Meyer, Jessica Holl 

Resumo: Em 2017, a Suprema Corte de Justiça da Nação Argentina publicou a decisão referente ao caso Luis Muiña, que havia sido condenado pela prática de crimes contra a humanidade durante a ditadura argentina e pleiteava a aplicação da chamada “regra 2x1”. Essa regra consiste em um benefício processual que assegurava a contagem em dobro do período em que o detido ficasse em prisão cautelar, a partir do momento em que fossem completados dois anos de prisão. A Suprema Corte decidiu, em apertada maioria, pela aplicação do benefício. Contudo, nove dias após a publicação da decisão, foi aprovada pelo Congresso Nacional a Lei n. 27.362, que impede a aplicação da “regra 2x1” nos casos de crimes contra a humanidade. A partir desses fatos, o presente artigo objetiva discutir a inaplicabilidade de benefícios processuais, como a “regra 2x1”, em casos de crimes contra a humanidade, com base no entendimento da Corte Interamericana de Direitos Humanos e da Comissão Interamericana de Direitos Humanos. Para tanto, inicialmente são apresentados os principais aspectos do caso Luis Muiña; na sequência é traçado um panorama sobre o entendimento trazido pela Corte e pela Comissão Interamericana e, por fim, é trabalhada a importância de override e backlash no caso, para a efetivação da proteção aos direitos humanos. 

miércoles, 10 de octubre de 2018

Caso por incendio en fábrica


Este reporte fue elaborado por Álvaro Paúl Díaz.

El 4 de octubre la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el comunicado de prensa 218/18, mediante el cual informó que presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos el Caso N° 12.428, empleados de la Fábrica de Fuegos en Santo Antonio de Jesús y sus familiares, respecto de Brasil.

La CIDH sostiene en su comunicado que el caso “se relaciona con una explosión ocurrida el 11 de diciembre de 1998 en una fábrica de fuegos artificiales, en la que murieron 64 personas y 6 resultaron heridas, todas ellas empleadas de la fábrica. De esas personas, 22 eran niños, niñas y adolescentes, de entre 11 y 17 años de edad. La CIDH determinó que el Estado es responsable por la violación del derecho a la vida y a la integridad personal por su falta de fiscalización a la fábrica en la que sabía que se realizaban actividades industriales peligrosas y porque debía conocer que existía una de las peores formas de trabajo infantil y se cometían graves irregularidades.

“De igual manera, estableció que se violó el derecho al trabajo y el principio de igualdad y no discriminación, toda vez que la fabricación de fuegos artificiales era la única opción laboral para los habitantes del municipio, dada su situación de pobreza. Finalmente, la CIDH determinó que el Estado violó los derechos a las garantías judiciales y protección judicial, pues por medio de los procesos civiles, penales y laborales el Estado no garantizó el acceso a la justicia, la determinación de la verdad de los hechos, la investigación y sanción de los responsables, ni la reparación de las violaciones a los derechos humanos que tuvieron lugar.”


miércoles, 23 de mayo de 2018

Juez Caldas renuncia


Este reporte fue elaborado por Álvaro Paúl Díaz.

Recientemente, la Corte Interamericana emitió un comunicado donde anunció que el juez Roberto F. Caldas renunció a su cargo en la Corte.  El ex juez habría presentado esta renuncia el día 14 de mayo, y la Corte la aceptó con efectos inmediatos. 

El motivo de esta renuncia fueron las denuncias de supuestos actos de violencia intrafamiliar, que habría presentado la ex esposa de Caldas en tribunales de Brasil.  El ex juez niega los hechos alegados por su ex esposa, y la justicia brasileña aún no se pronuncia sobre el tema.



lunes, 12 de marzo de 2018

Revista de Direitos Humanos em Perspectiva (Vol. 3, No. 2, 2017)


Reporte elaborado por Oswaldo Ruiz-Chiriboga. 

En el último volumen de la Revista de Direitos Humanos em Perspectiva (Vol. 3, No. 2, 2017), se publicaron los siguientes artículos de interés: 

Jesus Tupã Silveira Gomes, Gilberto Schäfer 

RESUMO: Este estudo examina o princípio pro homine, elemento estruturante do Direito Internacional dos Direitos Humanos, buscando compreender a primazia da norma mais favorável aos sujeitos protegidos. Inicialmente analisamos a pirâmide proposta por Hans Kelsen, indicando sua insuficiência no âmbito dos Direitos Humanos. Em seguida, apontamos construções que conferem status privilegiados a atos normativos infraconstitucionais. Finalmente, exploramos o princípio pro homine, apontando seu caráter primordial na aplicação da norma mais favorável ao indivíduo. O trabalho, elaborado por meio de revisão bibliográfica, indica que o princípio pro homine constitui uma bússola que orienta o jurista na implementação dos direitos humanos.

João Paulo Borges Bichão, Maria da Glória Costa Gonçalves de Sousa Aquino

RESUMO: O presente artigo tem como propósito apresentar um estudo analítico acerca do procedimento de acesso aos sistemas regionais de proteção dos Direitos Humanos, com especial ênfase, aos sistemas europeu e interamericano. Busca-se, ainda, examinar comparativamente os pontos de convergência e identificar as deficiências e as fragilidades estruturais capazes de comprometer os mecanismos de proteção e o acesso à tutela dos Direitos Humanos. Aplica-se como metodologia da pesquisa o método dialético, efetivando-se a investigação através da técnica de coleta de dados obtida por meio do levantamento bibliográfico de documentos, com enfoque nos instrumentos jurídicos internacionais, como as Declarações e Convenções internacionais.

Jeovane da Silva Gomes, Lívia Gaigher Bósio Campello 

RESUMO: O presente artigo tem por finalidade analisar a atuação da Corte Interamericana de Diretos Humanos na proteção do meio ambiente sob a ótica do conceito de direitos humanos de Robert Alexy. O objetivo é identificar os dois principais documentos internacionais, um de âmbito global, e o outro regional, que tratam do meio ambiente, analisar a normatividade, delinear os elementos que compõem o conceito de direitos humanos elaborado por Robert Alexy e relaciona-los à proteção, por via reflexa, do direito ao meio ambiente pela Corte Interamericana de Direitos Humanos. A pesquisa, documental e bibliográfica, desenvolvida a partir do método dedutivo. 

Isabelle Maria Campos Vasconcelos Chehab 

RESUMO: Discorre sobre propostas de enfrentamento à solução de continuidade da justiça de transição no Brasil. Para tanto, utilizou-se de pesquisa bibliográfica e documental. Primeiramente, fez-se uma contextualização da justiça de transição. Na sequência, apresentaram-se tais propostas de enfrentamento, sublinhando-se a necessidade de criar um órgão de seguimento da Comissão Nacional da Verdade e de instituir uma Comissão Regional da Verdade. Ao final, verificou-se da relevância de retomar os debates acerca da justiça transicional no Brasil, considerando que a sua concretização pode contribuir diretamente para a superação dos legados autoritários de outrora e para a construção de uma democracia substancial.

domingo, 8 de octubre de 2017

Direito de Acesso e Uso da Técnica de Fertilização in Vitro na Perspectiva da Corte IDH


Reporte elaborado por Oswaldo Ruiz-Chiriboga.
En la Revista de Direito Brasileira (Vol. 17, No. 7, 2017, pp. 275-290) se publicó un artículo de  Leonardo Stoll de Morais, Natália Cepeda Fernandes, Roberta Bristot Silvestrin, José Roberto Goldim, Márcia Santana Fernandes, titulado "Direito de Acesso e Uso da Técnica de Fertilização in Vitro na Perspectiva da Corte Interamericana de Direitos Humanos". Este es el resumen del artículo: