lunes, 30 de enero de 2017

Artículo sobre prueba ilícita ante la Corte

Este reporte fue elaborado por Álvaro Paul Díaz.

Recientemente se publicó el artículo “La Prueba Obtenida Mediante Coacción y su Inadmisibilidad ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, en el Vol. XXIX, N° 2 de la Revista de Derecho (Valdivia), 2016, pp. 229-252 (se puede descargar aquí).  Éste es el resumen del artículo:

“La Corte Interamericana de Derechos Humanos efectúa un amplio análisis probatorio para determinar la ocurrencia de violaciones de derechos humanos. Ella tiende a ser muy flexible con la admisión de la prueba, sin perjuicio de lo cual estaría obligada a excluir confesiones obtenidas mediante coacción. En relación con esto, la Corte ha hecho afirmaciones que parecen propiciar la exclusión de toda la prueba obtenida mediante coerción, y dar pie a la doctrina del fruto de árbol envenenado. Este artículo interpreta el significado de las reglas de la Corte, y determina si debe exigirse el uso de esta doctrina a la misma Corte y al resto del sistema interamericano. Ello es importante, porque la doctrina del fruto de árbol envenenado podría entrar en conflicto con el papel central que juega la verdad en el sistema, el que se observa en figuras como el derecho a la verdad.”

Fuente de la fotografía

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