lunes, 22 de septiembre de 2014

CIDH presenta caso sobre masacres en Guatemala

Este reporte fue elaborado por Álvaro Paúl Díaz.

El 17 de septiembre la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el comunicado de prensa 100/14, mediante el cual informó que el 5 de agosto presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos el Caso N° 12.788, Miembros de la Aldea de Chichupac y Comunidades Vecinas del Municipio de Rabinal vs. Guatemala.

La CIDH sostiene en su comunicado de prensa lo siguiente:  el caso se relaciona con “masacres, ejecuciones extrajudiciales, torturas, desapariciones forzadas y violaciones sexuales en contra de los miembros de la Aldea de Chichupac y Comunidades Vecinas del Municipio de Rabinal, en el marco de los operativos por parte del Ejército y colaboradores durante el conflicto armado interno en Guatemala. Las víctimas de este caso son 32 personas torturadas y masacradas el 8 de enero de 1982, y otras 39 personas torturadas y ejecutadas extrajudicialmente en diversos operativos ejecutados en Chichupac y comunidades vecinas de Rabinal entre 1981 y 1986. En todos los casos se trataba de civiles que se encontraban en estado de indefensión al momento de su detención, tortura y ejecución. Adicionalmente, ocho personas fueron desaparecidas entre 1981 y 1984; todas fueron vistas por última vez bajo custodia de agentes estatales y hasta la fecha no se conoce su paradero. Además, el 8 de enero de 1982 y el 22 de noviembre de 1982, dos mujeres fueron víctimas de violación sexual, y entre octubre de 1982 y junio de 1985, otra mujer fue víctima de múltiples violaciones sexuales. Esta última persona también fue víctima de trabajo forzado en la ‘aldea modelo Chichupac’ bajo órdenes de miembros del Ejército Nacional. La Comisión también encontró que los sobrevivientes de la aldea de Chichupac y comunidades vecinas fueron víctimas de desplazamiento forzado. De manera conexa con este cúmulo de violaciones, la Comisión encontró que en el caso se perpetraron violaciones del derecho a la honra y dignidad, a la libertad de conciencia y religión, a la libertad de asociación, a la propiedad y a los derechos políticos.”

La CIDH también afirmó que tales hechos “formaron parte de una estrategia estatal destinada a destruir a un grupo étnico a través de operativos militares, que significaron la masacre de miles de miembros del pueblo indígena maya, la huida de los sobrevivientes, la destrucción de sus economías de subsistencia y, finalmente, el sometimiento intencional de miles de indígenas mayas a condiciones de existencia que implicaban la dependencia de la estructura militar. Los hechos del caso constituyeron parte del genocidio contra el pueblo indígena maya en Guatemala. Pasadas más de tres décadas de ocurridos los hechos y más de dos décadas de la primera denuncia, los hechos se encuentran en la más absoluta impunidad.”

Este comunicado de prensa también expone que el caso fue enviado a la Corte porque el Estado no habría cumplido con las recomendaciones contenidas en el informe de fondo.  Por último, se refiere implícitamente a los motivos por los cuales este caso afectaría el orden público interamericano.

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