Este
reporte fue elaborado por Francisco
J. Rivera Juaristi.
Mediante
resolución de 7 de
septiembre de 2012, la Corte IDH resolvió levantar las medidas
provisionales ordenadas en el Asunto
Haitianos y Dominicanos de Origen Haitiano en la República Dominicana y archivó el expediente.
Corte IDH
Blog reportó
en marzo de 2012 que estas medidas provisionales habían estado vigentes desde
el año 2000 a favor de personas haitianas y dominicanas de origen haitiano que
corrían el riesgo de ser expulsadas o deportadas colectivamente de República
Dominicana. En razón de las medidas provisionales ordenadas por la Corte IDH, el
Estado dominicano concedió salvoconductos a favor de los beneficiarios con la
finalidad de permitirles el libre tránsito en República Dominicana, sin riesgo
a ser deportados, en lo que se regulariza su situación migratoria.
El 29 de febrero
de 2012 la Corte IDH había resuelto levantar parcialmente estas medidas
provisionales y mantenerlas por un período adicional de al menos seis meses a favor de los señores Antonio Sension, William Medina Ferreras, y Berson
Gelin, así como de los hijos de la señora Sonia (Solain o
Solange) Pierre (Q.E.P.D). Además, la Corte reiteró que el Estado debía
continuar implementando reuniones periódicas
del grupo o equipo de trabajo integrado por funcionarios estatales, con
participación de los beneficiarios y/o sus representantes, para colaborar
efectivamente con la implementación de las medidas ordenadas por la Corte, y
que el Estado debía presentar a la Corte un informe con la calendarización de
las próximas reuniones.
En junio
de este año, el Estado solicitó el levantamiento de las medidas provisionales
ordenadas a favor de los hijos de la señora Pierre, por considerar que no
persistía una situación de extrema gravedad y urgencia respecto de ellos (cons.
19). Por su parte, los representantes y la Comisión Interamericana solicitaron
que se mantuvieran tales medidas en razón de que los beneficiarios fueron
hostigados y detenidos por la policía recientemente y que el trabajo de éstos
en la ONG MUDHA los coloca en una situación de riesgo (cons. 23). Al evaluar la
información presentada por el Estado, por los representantes de los
beneficiarios y por la Comisión Interamericana (cons. 9-15 y 18-22), la Corte
IDH determinó que, si bien el Estado no había adoptado medidas idóneas
tendientes a cumplir con lo ordenado (cons. 16, 17, 23 y 26), las razones
manifestadas para el mantenimiento de las medidas no están “vincula[das]
directamente al objeto de las medidas originalmente adoptadas” y no son
“suficientes para sustentar una situación de extrema gravedad y urgencia
relativa a posibles daños irreparables a los hijos de la señora Pierre” (cons.
25). Consecuentemente, la Corte IDH levantó las medidas respecto de estos
beneficiarios (cons. 26).
Respecto de
los últimos tres beneficiarios, los señores Sensión, Gelin y Medina, el Estado
indicó que sus salvoconductos fueron renovados; que no existe ninguna novedad u
ocurrencia de algún hecho que ponga en peligro sus vidas e integridad personal;
que el señor Sensión ya posee cédula de identidad y electoral dominicana y, en
todo caso, los representantes desconocen su paradero; que los señores Gelin y
Medina se encuentran residiendo voluntariamente en Haití, y que, por tanto, el
riesgo de que sean deportados ha cesado, por lo que solicitó el levantamiento
de las medidas a su favor (cons. 27 a 30). La Comisión y los representantes
solicitaron el mantenimiento de las medidas a su favor en razón de “la
situación de vulnerabilidad en la que se encuentran los beneficiarios[, su
calidad de presuntas víctimas en el caso
Benito Tide Méndez y otros
recientemente sometido a la Corte], la necesidad de garantizar su participación
en el proceso, y el contexto de recrudecimiento de señalamientos contra
personas haitianas o dominicanas de ascendencia haitiana”, y teniendo en cuenta
“las recientes reformas legislativas” que tienden a discriminar en contra de
haitianos y dominicanos de origen haitiano en la República Dominicana (cons. 31
a 35). Al respecto, la Corte IDH determinó que la Comisión y los representantes
no demostraron “la permanencia de una situación de extrema gravedad y urgencia
que pueda derivar en daños irreparables”, por lo que dispuso el levantamiento
de las medidas provisionales a favor de los señores Antonio Sensión, Berson
Gelin y William Medina Ferreras (cons. 36 a 41).
Al haber
ordenado el levantamiento de las medidas provisionales respecto de todos los
beneficiarios, la Corte ordenó el archivo del expediente.
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