viernes, 20 de julio de 2012

CIDH presenta caso sobre discriminación racial contra República Dominicana

Este reporte fue elaborado por Álvaro Paúl Díaz.

El 18 de julio la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el comunicado de prensa 91/12, mediante el cual informó que el 12 de julio presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos el Caso 12.271, Benito Tide Méndez y otros vs. República Dominicana.

Según el comunicado, los hechos de este caso se refieren a la detención arbitraria y expulsión sumaria del territorio de República Dominicana hacia Haití de diez adultos y 17 menores.  Según la CIDH, las “expulsiones sumarias se produjeron en un contexto de expulsiones colectivas y masivas de personas, que afectaban igualmente a nacionales y extranjeros, documentados e indocumentados, quienes tenían su residencia permanente y un vínculo estrecho de relaciones laborales y familiares con la República Dominicana.”  La CIDH también afirmó: “Las características fenotípicas y el color más oscuro de la piel fueron elementos determinantes al momento de seleccionar a las personas que iban a ser expulsadas, lo que demuestra un patrón de discriminación. Todas las víctimas del caso fueron expulsadas a Haití.”


Asimismo, la CIDH afirmó que el “procedimiento de repatriación vigente al momento de los hechos no se aplicó, sino que se trató de expulsiones de facto, fundadas en prejuicios raciales, sin ningún sustento legal ni revisión administrativa o judicial posterior. No existió orden de arresto de autoridad competente ni proceso administrativo o judicial abierto en relación con estas personas. Las víctimas no contaron con asistencia jurídica, ni tuvieron posibilidad de recurrir la decisión adoptada, ni existió una orden de la autoridad competente, independiente e imparcial que decidiera su deportación.”

El comunicado de la Comisión afirmó también que varias “de las víctimas expulsadas eran nacionales dominicanos y poseían la documentación pertinente para acreditar tal calidad. Sin embargo, durante su detención arbitraria y expulsión, no tuvieron oportunidad formal para presentar esa documentación. En los casos en que fue presentada, ésta fue destruida por los oficiales dominicanos. La existencia de impedimentos para que los migrantes haitianos regularizaran su situación legal en el país y para que inscribieran a sus hijos e hijas nacidos en territorio dominicano constituyó una privación arbitraria de la nacionalidad que derivó en la expulsión de nacionales, y colocó a las víctimas en una situación de extremo riesgo y vulnerabilidad.”

En el informe de fondo, la CIDH “recomendó al Estado permitir que todas las víctimas que todavía se encuentran en Haití puedan regresar a República Dominicana; reconocer la nacionalidad dominicana, o entregar la documentación necesaria para acreditar su nacimiento en territorio dominicano, o garantizar que los nacionales haitianos puedan permanecer en territorio dominicano con sus familias, según el caso; pagar una indemnización integral a las víctimas o sus causahabientes; reconocer públicamente las violaciones a los derechos humanos declaradas en el caso; erradicar la práctica de redadas u operativos de control migratorio basados en perfiles raciales; garantizar formación intensiva en derechos humanos para las autoridades que realizan funciones migratorias; investigar los hechos del caso, determinar los responsables de las violaciones y establecer las sanciones pertinentes; y establecer recursos judiciales efectivos para casos de violación de derechos humanos en el marco de procedimientos de expulsión o deportación. Asimismo, la CIDH recomendó a República Dominicana la adopción de medidas de no repetición a fin de cesar las expulsiones colectivas, adecuar los procesos de repatriación a los estándares internacionales de derechos humanos, revisar la legislación interna sobre inscripción y otorgamiento de nacionalidad de personas de ascendencia haitiana nacidas en territorio dominicano, y derogar aquellas disposiciones que tengan un impacto discriminatorio basado en las características raciales o el origen nacional.”

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