La Corte IDH hizo pública su Resolución de 30 de junio de 2011, mediante la cual decidió levantar las medidas provisionales ordenadas en el asunto Pérez Torres y otros (“Campo Algodonero”) vs. México.
Las medidas provisionales fueron adoptadas por la Corte mediante Resolución de 6 de julio de 2009 para proteger la vida y la integridad de la señora Rosa Isela Pérez Torres y de sus familiares inmediatos. La señora Pérez Torres participó como testigo en el caso González y otras (“Campo Algodonero”) vs. México y manifestó su temor fundado por la rendición de dicho testimonio.
En su Resolución de 30 de junio de 2011, la Corte IDH estudió la solicitud del Estado mexicano de levantar las presentes medidas provisionales. A tal efecto, advirtió que los beneficiarios no han remitido información ni observaciones en relación con la solicitud de levantamiento de las medidas provisionales. Además, la Corte constató que uno de los mayores obstáculos para la implementación de las medidas fue que no existió comunicación suficiente, permanente y adecuada entre los beneficiarios de las medidas o sus representantes con el Estado para consensuar la implementación de las mismas y conocer la situación actual del riesgo que soportan los beneficiarios.
De otra parte, la Corte constató que los beneficiarios se encuentran fuera del país, y resaltó que el efecto útil de las medidas provisionales depende de la posibilidad real de que éstas sean implementadas, por lo que ante el hecho de que los beneficiarios ya no residían en México y ante la falta de información por parte de ellos por más de veinte meses, sobre su posible situación de riesgo, no resultaba razonable mantener las órdenes de protección. En consecuencia, el Tribunal consideró que procedía el levantamiento de las medidas provisionales.
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