Este reporte fue elaborado
por Álvaro Paúl D.
Se publicó una nueva versión del Anuario Colombiano de
Derecho Internacional de 2020 (vol. 13), que incluye dos artículos sobre el
sistema interamericano. El primero es un
artículo mío, llamado “El Relato de los contextos
históricos, sociales y políticos en las sentencias de la Corte Interamericana” (sepuede descargar aquí). Éste es el resumen del artículo:
“Las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos describen en detalle los hechos de los casos que se le presentan. Al hacerlo, suelen referirse no sólo a los
actos que afectaron a la víctima, sino que también al contexto de tales
hechos. Esta descripción del “contexto”
es muy relevante, pues tiene efectos declarativos serios, y puede utilizarse
como base de una presunción en contra del Estado. Por eso, este trabajo analiza
el uso del contexto, y las dificultades que conlleva, y advierte que la Corte
debe ser cuidadosa en su utilización.”
El segundo es un artículo de Shirley Vanessa Méndez
Romero, Norberto Hernández Jiménez, llamado “Justicia restaurativa y Sistema
Interamericano de Derechos Humanos” pp. 49-82 (se puede descargar aquí). Éste es el resumen del artículo:
“El presente documento realiza un recorrido en torno a
la noción de justicia restaurativa y las herramientas que pueden ser aplicadas a
través de las soluciones amistosas, en el marco del sistema interamericano de
derecho humanos. De manera primigenia se hace un recuento de los modelos
punitivos existentes con el objetivo de brindar un panorama general en materia
de castigo y su efectividad. Igualmente muestra el tratamiento que tiene la
víctima de un delito a nivel local - que en oportunidades alcanza un acuerdo
con el victimario -, situación que puede acontecer de la misma forma cuando el
menoscabo de sus derechos fundamentales fue ocasionado por parte de un Estado.
En este contexto, se mostrará como la práctica de la justicia restaurativa
permite la devolución del conflicto a las partes y con ello, la satisfacción de
sus derechos de una manera expedita, más efectiva y menos técnica que la que
demanda el ambiente jurídico local e interamericano.”
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