Este reporte fue elaborado
por Álvaro Paúl Díaz.
El 23 de octubre la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH) emitió el comunicado de prensa 224/18,
mediante el cual informó que presentó ante la Corte Interamericana de Derechos
Humanos el Caso N° 12.709 Juan Carlos Flores Bedregal respecto de Bolivia.
La CIDH sostiene en su comunicado que el caso “se
relaciona con la responsabilidad internacional del Estado por la desaparición
forzada de Juan Carlos Flores Bedregal, dirigente del Partido Obrero
Revolucionario y diputado nacional, y la impunidad en la que se encuentran
estos hechos. Su desaparición tuvo inicio de ejecución en el marco del golpe de
Estado de julio de 1980 por fuerzas militares. La Comisión determinó que aunque
se adelantaron procesos que culminaron con sentencias condenatorias, hasta la
fecha no ha existido un esclarecimiento completo de lo sucedido a la víctima,
incluyendo el paradero de sus restos mortales, situación que ha obedecido a la
activación de múltiples mecanismos de encubrimiento.
“La CIDH señaló que la existencia de indicios sobre la
muerte de Juan Carlos Flores Bedregal no modifica la calificación jurídica de
desaparición forzada, ya que después de 38 años de su desaparición, los
familiares no cuentan con información ni acceso a los restos mortales para
tener certeza de cuál fue su destino. Además, la CIDH determinó que ni el
juicio de responsabilidades realizado en 1993, ni la sentencia condenatoria
dictada en 2007, han sido recursos efectivos para lograr el esclarecimiento de
la verdad sobre lo ocurrido con la víctima.”
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