Este reporte fue elaborado
por Álvaro Paúl Díaz.
El 27 de septiembre la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH) emitió el comunicado de prensa 211/18,
mediante el cual informó que el 4 de septiembre presentó ante la Corte
Interamericana de Derechos Humanos el Caso N° 12.924 Julio César Ramón Del
Valle Ambrosio y Carlos Eduardo Domínguez Linares respecto de Argentina.
La CIDH sostiene en su comunicado que el caso “se
relaciona con la violación de los derechos a recurrir el fallo y a la
protección judicial de acuerdo a lo que
marca el artículo 8 y 25 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos en perjuicio de Julio César Ramón
del Valle Ambrosio y Carlos Eduardo
Domínguez Linares, pues en diciembre de 1997 la Cámara Novena del Crimen de
Córdoba los declaró cómplices del delito de defraudación y les impuso a cada
uno la pena de tres años y seis meses de prisión. Sus abogados defensores
interpusieron recursos de casación los cuales fueron declarados inadmisibles,
sin que se hiciera un análisis de fondo.
“Adicionalmente, la Comisión consideró que la decisión
de los recursos se enmarcó en una práctica judicial de interpretación
restrictiva y que, tomando en cuenta que se trataba del único recurso contra la
condena de primera instancia, Julio César Ramón Del Valle Ambrosio y Carlos
Eduardo Domínguez Linares no contaron con una revisión integral ante autoridad
jerárquica, incluyendo las cuestiones de hecho y de valoración probatoria
alegadas por la defensa.”
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