Reporte elaborado por Oswaldo Ruiz-Chiriboga.
En el último volumen de la revista “Criterio Jurídico Garantista” (Vol. 11, 2018, pp. 61-80), se publicó un artículo de Rosmerlin Estupiñán Silva titulado “Primera opinión interamericana sobre medio ambiente: ¿derecho exigible o decisión ultra vires?”. Este es el resumn del artículo:
“La adopción de las opiniones consultivas en el sistema interamericano es un producto de la persuasión y seducción por las ideas. Este análisis de la Opinión Consultiva OC-23/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre daños medioambientales (I) aborda problemas procedimentales de jurisdicción (A) para centrarse en el nudo gordiano de la conceptualización del medio ambiente sano como derecho justiciable en el marco del artículo 26 de la Convención Americana (B); y (II) estudia el alcance de esta decisión interamericana, el valor jurídico de las opiniones consultivas (A) y otras cuestiones de calidad y autoridad de la tesis mayoritaria (B) para concluir sobre el futuro probable y deseable del litigio ambiental en el seno del sistema interamericano de derechos humanos”.
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