Este reporte fue elaborado
por Álvaro Paúl Díaz
Recientemente la Corte IDH hizo pública su Resolución de fecha 23 de octubre de 2012,
mediante la cual supervisó el cumplimiento de la Sentencia de fondo, reparaciones y costas de 3 de abril de 2009 en el caso Kawas Fernández Vs.Honduras.
El 27 de febrero de 2012 la Corte dictó una Resolución de supervisión de cumplimiento de sentencia, reseñada
en un posteo previo de este blog,
donde declaró que mantendría abierto el procedimiento de supervisión hasta que
el Estado diera cumplimiento a distintas obligaciones, entre las cuales se
encontraba la de “brindar gratuitamente, de forma inmediata y por el tiempo que
sea necesario, […] tratamiento psicológico y/o psiquiátrico a las señoras
y señores Blanca Fernández, Selsa
Damaris Watt Kawas, Jaime Alejandro Watt Kawas, Jacobo Roberto Kawas Fernández,
Jorge Jesús Kawas Fernández y Carmen Marilena Kawas Fernández, si así lo
solicitan” (punto décimo tercero de la sentencia).
En la Resolución que ahora se reporta, la Corte supervisó sólo el
cumplimiento de esta última obligación, sin referirse a las demás cuestiones pendientes
de cumplimiento. Frente a esta
obligación, la Corte notó que las víctimas manifestaron no querer hacer uso de esta
atención psicológica o psiquiátrica. Por
ello, declaró dar por terminada la supervisión de cumplimiento con relación a este
punto, manteniendo abierto el procedimiento de supervisión respecto
de las demás medidas de reparación ordenadas en la sentencia que se encuentran aún
pendientes de acatamiento.
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