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lunes, 1 de octubre de 2012

Levantamiento de medidas provisionales en el Asunto Haitianos y Dominicanos de Origen Haitiano en la República Dominicana


Este reporte fue elaborado por Francisco J. Rivera Juaristi.

Mediante resolución de 7 de septiembre de 2012, la Corte IDH resolvió levantar las medidas provisionales ordenadas en el Asunto Haitianos y Dominicanos de Origen Haitiano en la República Dominicana y archivó el expediente.

Corte IDH Blog reportó en marzo de 2012 que estas medidas provisionales habían estado vigentes desde el año 2000 a favor de personas haitianas y dominicanas de origen haitiano que corrían el riesgo de ser expulsadas o deportadas colectivamente de República Dominicana. En razón de las medidas provisionales ordenadas por la Corte IDH, el Estado dominicano concedió salvoconductos a favor de los beneficiarios con la finalidad de permitirles el libre tránsito en República Dominicana, sin riesgo a ser deportados, en lo que se regulariza su situación migratoria.

El 29 de febrero de 2012 la Corte IDH había resuelto levantar parcialmente estas medidas provisionales y mantenerlas por un período adicional de al menos seis meses a favor de los señores Antonio Sension, William Medina Ferreras, y Berson Gelin, así como de los hijos de la señora Sonia (Solain o Solange) Pierre (Q.E.P.D). Además, la Corte reiteró que el Estado debía continuar implementando reuniones periódicas del grupo o equipo de trabajo integrado por funcionarios estatales, con participación de los beneficiarios y/o sus representantes, para colaborar efectivamente con la implementación de las medidas ordenadas por la Corte, y que el Estado debía presentar a la Corte un informe con la calendarización de las próximas reuniones.

En junio de este año, el Estado solicitó el levantamiento de las medidas provisionales ordenadas a favor de los hijos de la señora Pierre, por considerar que no persistía una situación de extrema gravedad y urgencia respecto de ellos (cons. 19). Por su parte, los representantes y la Comisión Interamericana solicitaron que se mantuvieran tales medidas en razón de que los beneficiarios fueron hostigados y detenidos por la policía recientemente y que el trabajo de éstos en la ONG MUDHA los coloca en una situación de riesgo (cons. 23). Al evaluar la información presentada por el Estado, por los representantes de los beneficiarios y por la Comisión Interamericana (cons. 9-15 y 18-22), la Corte IDH determinó que, si bien el Estado no había adoptado medidas idóneas tendientes a cumplir con lo ordenado (cons. 16, 17, 23 y 26), las razones manifestadas para el mantenimiento de las medidas no están “vincula[das] directamente al objeto de las medidas originalmente adoptadas” y no son “suficientes para sustentar una situación de extrema gravedad y urgencia relativa a posibles daños irreparables a los hijos de la señora Pierre” (cons. 25). Consecuentemente, la Corte IDH levantó las medidas respecto de estos beneficiarios (cons. 26).

Respecto de los últimos tres beneficiarios, los señores Sensión, Gelin y Medina, el Estado indicó que sus salvoconductos fueron renovados; que no existe ninguna novedad u ocurrencia de algún hecho que ponga en peligro sus vidas e integridad personal; que el señor Sensión ya posee cédula de identidad y electoral dominicana y, en todo caso, los representantes desconocen su paradero; que los señores Gelin y Medina se encuentran residiendo voluntariamente en Haití, y que, por tanto, el riesgo de que sean deportados ha cesado, por lo que solicitó el levantamiento de las medidas a su favor (cons. 27 a 30). La Comisión y los representantes solicitaron el mantenimiento de las medidas a su favor en razón de “la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran los beneficiarios[, su calidad de presuntas víctimas en el caso Benito Tide Méndez y otros recientemente sometido a la Corte], la necesidad de garantizar su participación en el proceso, y el contexto de recrudecimiento de señalamientos contra personas haitianas o dominicanas de ascendencia haitiana”, y teniendo en cuenta “las recientes reformas legislativas” que tienden a discriminar en contra de haitianos y dominicanos de origen haitiano en la República Dominicana (cons. 31 a 35). Al respecto, la Corte IDH determinó que la Comisión y los representantes no demostraron “la permanencia de una situación de extrema gravedad y urgencia que pueda derivar en daños irreparables”, por lo que dispuso el levantamiento de las medidas provisionales a favor de los señores Antonio Sensión, Berson Gelin y William Medina Ferreras (cons. 36 a 41).

Al haber ordenado el levantamiento de las medidas provisionales respecto de todos los beneficiarios, la Corte ordenó el archivo del expediente.

 

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