Reporte
elaborado por Erick
Acuña.
El 13 de
noviembre de 2015 la Corte Interamericana adoptó una resolución
de supervisión de cumplimiento de la sentencia del caso Mohamed vs. Argentina. En dicha sentencia la Corte declaró la
responsabilidad internacional del Estado por la imposibilidad de Oscar Alberto
Mohamed de recurrir un fallo condenatorio en un proceso penal seguido en su
contra.
La Corte ordenó
al Estado argentino: i) garantizar al señor Mohamed el derecho a recurrir el
fallo condenatorio; ii) publicar la sentencia; y iii) pagar una indemnización a
la víctima.
En relación con la primera medida, la
Corte tomó en cuenta la solicitud de la víctima para que no se le inicie un
nuevo proceso. En consecuencia, la Corte consideró que el Estado debe
abstenerse de continuar ejecutando acciones tendientes al cumplimiento de este
punto. (Considerando 9)
Respecto de la segunda medida, la Corte
verificó que el Estado publicó la sentencia en los distintos medios de
comunicación solicitados. (Considerando 14)
En relación con la tercera medida, la
Corte también confirmó que el Estado cumplió con pagar los montos
indemnizatorios a la víctima, así como el pago de costas y gastos a sus representantes.
(Considerando 17)
En consecuencia, la Corte resolvió:
-
Dar por concluido el caso Mohamed, dado que la República Argentina ha dado cumplimiento
a lo dispuesto en la sentencia emitida por la Corte el 23 de noviembre de 2012.
-
Comunicar esta Resolución a la Asamblea General de la Organización de los
Estados Americanos por conducto del Informe Anual de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos del año 2015.
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