Este reporte fue elaborado por Oswaldo Ruiz-Chiriboga.
El Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer publicó en Volumen 19 de su Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano (2013), el cual contiene varios artículos de
interés sobre el Sistema Interamericano.
Inconstitucionalidad
de la denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos por Venezuela
Carlos
Ayala Corao
RESUMEN
La decisión del Gobierno de la República
Bolivariana de Venezuela de denunciar la Convención Americana sobre Derechos
Humanos (CADH), además de afectar la protección colectiva de los derechos de
las víctimas ante el sistema regional interamericano, viola su propia
Constitución en virtud de que esta (i) le otorgo jerarquía y supremacía
constitucional a los tratados relativos a los derechos humanos; (ii) incorporó
a la CADH expresamente en su normativa dentro de los requisitos internos que cumplir
en los estados de excepción; (iii) consagró el derecho de protección
internacional de los derechos humanos mediante el sistema de peticiones
individuales previsto en los tratados sobre la materia; (iv) consagró en el
derecho interno el principio de progresividad de los derechos humanos conforme
a los tratados sobre la materia; y (v) estableció a los derechos humanos como
un principio rector de las relaciones internacionales del Estado. La denuncia
de la CADH afecta a la democracia, al estado constitucional y a los derechos
humanos en Venezuela, y debilita al sistema interamericano de derechos humanos.
El
sistema federal argentino: Actualidad y perspectivas
Víctor
Bazán
RESUMEN
Este trabajo pretende, básicamente:
(i) presentar la situación actual del federalismo argentino; (ii) examinar si
en la realidad han quedado cumplidas las pautas establecidas por la reforma
constitucional de 1994 para “fortalecerlo”; (iii) analizar algunas cuestiones
de interés que emanan de la dinámica federal, por ejemplo: (a) acerca de si las
Constituciones provinciales pueden establecer más derechos que los contenidos
en la Constitución nacional o dotar a los ya consagrados en esta (y replicados
en aquella) de un caudal protectivo más fuerte, (b) sobre la “cláusula federal”
incluida en determinados instrumentos internacionales sobre derechos humanos,
como el Pacto de San José de Costa Rica, y (c) en relación con el impacto del
control de convencionalidad en las relaciones federales; y, por último, (iv)
visualizar las perspectivas que respecto del federalismo aparecen en el horizonte
institucional de Argentina.
O
Controle de Constitucionalidade e o Controle de Convencionalidade no Brasil
Roberto
de Figueiredo Caldas
RESUMO
A interação entre o controle de
constitucionalidade e o de convencionalidade no Brasil e ainda muito recente. O
Supremo Tribunal Federal nunca examinou diretamente essa dinâmica de
julgamento, embora já haja analisado a estatura dos tratados internacionais sobre
direitos humanos no ordenamento jurídico nacional. O Supremo analisou o tema em
julgamento sem maioria absoluta e por diferença de apenas um voto, e decidiu
que o status atribuído aos tratados tem caráter de supralegalidade,
um patamar entre as leis infraconstitucionais e a Constituição, e não grau
constitucional atribuído em outros países. Dois temas julgados pelo Supremo e
pela Corte Interamericana de Direitos Humanos são analisados no artigo: a prisão
civil de depositário infiel e a validade de aplicação da Lei de Anistia da época
da ditadura também em favor de agentes do Estado. Neles se expressam conclusões
aparentemente colidentes. Uma grande mudança de composição do Supremo, com uma
maioria de ministros que não participaram das decisões anteriores, pode levar a
mudanças nos dois casos. Ha que se aguardar a maturação das posições a serem adotadas
pelo Supremo do Brasil.
O controle
jurisdicional da convencionalidade das leis no Brasil
Valério de Oliveira
Mazzuoli
RESUMO
Este ensaio se propõe estudar o
controle de convencionalidade das leis no Brasil. Trata-se de estudo pioneiro
entre nos, jamais versado na doutrina brasileira anteriormente. O texto analisa
os limites (nacionais e, principalmente, os internacionais) que a produção
normativa domestica deve respeitar para ter validade no plano jurídico interno,
especialmente depois do advento da EC 45/2004, que trouxe a possibilidade do
controle concentrado de convencionalidade no Brasil.
Controle
jurisdicional de convencionalidade e reenvio prejudicial interamericano: Um
diálogo de ferramentas processuais em favor da efetivação do direito
internacional dos direitos humanos
Jânia
Maria Lopes Saldanha y Lucas Pacheco Vieira
RESUMO
O controle de convencionalidade e o
reenvio prejudicial interamericano são dois mecanismos processuais de aperfeiçoamento
institucional do sistema interamericano de proteção dos direitos humanos. O
exame da compatibilidade das ordens nacionais com o direito internacional dos
direitos humanos já vem sendo aplicado pela Corte Interamericana de forma
consistente. O reenvio prejudicial, por outro lado, e instrumento de direito comunitário
europeu que se propõe neste trabalho seja adotado, com as devidas adaptações,
ao sistema interamericano de proteção do ser humano. Por fim, são analisadas as
contribuições dos dois mecanismos processuais ao sistema interamericano, dentro
do contexto das reformas necessárias ao sistema, juntamente com as articulações
essenciais a implantação de ambos no panorama dos blocos comunitários do
continente.
Control
de constitucionalidad y de convencionalidad en Panamá
Jerónimo
Mejía Edward
RESUMEN
El propósito de este articulo es poner
de relieve brevemente como se ejerce el control de constitucionalidad y como se
debería ejercer el control de convencionalidad en Panamá, a la luz del sistema
de control de constitucionalidad previsto en la Constitución. Para ello haré,
en primer lugar, una breve explicación sobre la evolución del bloque de constitucionalidad
panameño, por ser la herramienta que sirvió de instrumento para efectuar inicialmente
una suerte de control de convencionalidad, respecto de muy pocas normas
convencionales. Luego explicaré el impacto que ha tenido la reforma
constitucional del año 2004 en la tutela de los derechos humanos y, por ende,
en el control de convencionalidad. Para finalizar con la explicación esquemática
del control de constitucionalidad panameño y de la manera como debería
realizarse el control de convencionalidad dentro de ese esquema.
Control
de convencionalidad. Precisiones conceptuales y desafíos a la luz de la
jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Claudio
Nash Rojas
RESUMEN
El presente artículo desarrolla el
concepto y alcance de la figura del control de convencionalidad a la luz del
derecho internacional de los derechos humanos. En particular, se hace un análisis
contextual y conceptual de la figura a través de la evolución de la
jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con el objetivo
de señalar que dicho control no es más que la concreción jurisdiccional de la
obligación de garantía de los derechos humanos en el ámbito interno.
Diálogo
interjurisdiccional y control de convencionalidad entre los tribunales nacionales
y la Corte Interamericana de Derechos Humanos en Chile
Humberto
Nogueira Alcalá
RESUMEN
En el presente artículo se realiza el
análisis de los jueces nacionales como jueces de control de convencionalidad y
sus fundamentos jurídicos, como asimismo el tipo posible de dialogo entre las
jurisdicciones nacionales y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, además
de las modalidades en que se puede concretar dicho dialogo por parte de las judicaturas
nacionales. Se concluye con un análisis del uso de la jurisprudencia de la CIDH
por parte de las sentencias del Tribunal Constitucional chileno.
Extractos
de la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 20 de marzo
de 2013 sobre supervisión de cumplimiento de la sentencia dictada en el caso
Gelman vs. Uruguay
Olger
Ignacio González Espinosa
(Sin resumen)
Caso
Gelman vs. Uruguay. Justicia transicional, Corte Interamericana de Derechos
Humanos y el control de convencionalidad
Jorge
T. Larrieux
RESUMEN
El presente artículo refiere a la
experiencia de Uruguay en materia de justicia transicional, pasando por la
etapa de renuncia a investigar y sancionar los crímenes del periodo de la dictadura
militar –junio de 1973 a febrero de 1984– por efecto de la Ley de Caducidad de
la Pretensión Punitiva del Estado, seguido luego por una Comisión de la Paz o
la Verdad, y la caracterizada desde el año 2004 por investigaciones y algunas
condenas. Se analiza la incidencia del fallo de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos –el llamado caso Gelman vs.
Uruguay–, con
repercusiones sobre su alcance y medidas adoptadas internamente para su
cumplimiento, etapa en pleno proceso actual. Y finaliza el trabajo con un análisis
de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el llamado
“control de convencionalidad” y eventuales dificultades de armonización con la
legislación interna.
Eficacia
de la sentencia interamericana y la cosa juzgada internacional: vinculación
directa hacia las partes (res judicata) e indirecta hacia los Estados parte de
la Convención Americana (res interpretata)(Sobre el cumplimiento del Caso
Gelman vs. Uruguay)
Eduardo
Ferrer Mac-Gregor
(Sin resumen)
Cumplimento
de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso
Gelman. Después de la declaración de inconstitucionalidad de la Ley
Interpretativa 18.831
Martín
Risso Ferrand
RESUMEN
En febrero de 2011 la CIDH dicto la
sentencia correspondiente al caso Gelman disponiendo, entre otros aspectos, la
obligación del Estado uruguayo de investigar las graves violaciones de derechos
humanos acaecidas durante la dictadura militar (1973 – 1985) y aplicar la
sanciones penales que pudieran corresponder. El Estado uruguayo realizó
diversos actos en cumplimiento de la sentencia internacional (actos
administrativos y jurisdiccionales), y en el año 2011 se dictó la Ley n.°
18.831 que dispuso, entre otras cosas, que los delitos referidos no habían
prescripto. Esta ley fue declarada parcialmente inconstitucional por la Suprema
Corte de Justicia de Uruguay en febrero de 2013. Los fundamentos de la Corte
uruguaya se basan, fundamentalmente, en el principio de irretroactividad en
materia penal y considera que los delitos ya prescribieron. En este trabajo no
se procura analizar la sentencia nacional y sus diferencias con la de la CIDH,
sino que se apunta a determinar las consecuencias de la sentencia interna y cómo
se solucionan los problemas que ha causado.