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lunes, 14 de octubre de 2013

Nuevo caso sobre comunidad Garífuna

Este reporte fue elaborado por Álvaro Paúl Díaz.

El 11 de octubre la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el comunicado de prensa 75/13, mediante el cual informó que el 1 de octubre presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos el Caso No. 12.761 Comunidad Garífuna Punta Piedra y sus miembros vs. Honduras.

Según el comunicado: los “hechos de este caso se refieren a la responsabilidad internacional del Estado por la violación del derecho a la propiedad de la Comunidad Garífuna Punta Piedra y sus miembros, como consecuencia del incumplimiento del deber de garantía frente a la invasión por parte de personas no indígenas en las tierras y territorios que le pertenecen a la Comunidad y que posteriormente fueron reconocidos por el Estado mediante el otorgamiento de títulos de dominio pleno. Dicha titulación fue efectuada sin un proceso de saneamiento adecuado, no obstante el conocimiento de la ocupación por parte de un grupo de pobladores en diversas partes de las tierras y territorios de la Comunidad, especialmente en Río Miel y el área de bosques. Esta situación ha generado que la Comunidad Garífuna Punta Piedra pueda ejercer la tenencia efectiva únicamente de la mitad del territorio titulado por el Estado, con las consecuentes afectaciones a su forma de vida, medios de subsistencia, cultura, usos y costumbres tradicionales. Además, la continuidad de la ocupación por parte de personas no indígenas ha generado una situación de conflictividad que ha redundado en amenazas, hostigamientos e incluso la muerte de un miembro de la Comunidad Garífuna Punta Piedra.”

La CIDH agrega: “El Estado de Honduras no ha dado respuesta efectiva a esta situación. Hasta el momento las iniciativas han fracasado y el Estado ha incumplido los acuerdos realizados para lograr el saneamiento efectivo de las tierras y territorios de la Comunidad Garífuna Punta Piedra. Esta situación ha profundizado y exacerbado la situación de conflictividad en la zona. La Comunidad tampoco ha contado con un recurso efectivo para lograr la tenencia pacífica de sus tierras y territorios.”

En el informe de fondo la CIDH hizo diversas recomendaciones relativas al derecho de propiedad comunal, a determinadas medidas que debieran ser adoptadas para evitar que continúen las ocupaciones, a la necesidad de contar con un recurso efectivo y eficaz para que los indígenas puedan tutelar sus derechos, así como a la toma de medidas para evitar actos de discriminación y violencia en contra de la Comunidad de Punta Piedra.  Asimismo, exigió la investigación y sanción de los responsables de actos de violencia, amenazas y hostigamientos en contra de los miembros de la comunidad.