jueves, 30 de mayo de 2013

Libro sobre las medidas provisionales


Este reporte fue elaborado por Oswaldo Ruiz-Chiriboga.

La casa editorial Porrúa publicó el libro “Medidas Provisionales en Situaciones de Vida o Muerte(México, 2012), de mi colega Clara Burbano-Herrera, del Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Gante. Este es el resumen de la obra:

“Hoy en día, las medidas provisionales juegan un papel clave en muchos de los casos que se presentan ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Seguramente, ni los jueces, ni la academia, ni la comunidad internacional en general había imaginado las dimensiones que esta institución adquiriría en la jurisprudencia en los últimos años. El libro realiza un estudio crítico de trabajo desarrollado por la Corte Interamericana con respecto a las medidas provisionales durante el periodo comprendido entre 1987 y marzo 2011. La investigación aborda entre otros temas el de la competencia, las condiciones necesarias para su adopción y mantenimiento, el carácter vinculante y la responsabilidad internacional.

Este libro tiene una utilidad práctica, una visibilidad social. Es una invitación para conocer el poder que la jurisprudencia de la Corte Interamericana ha dado a la figura de las medidas provisionales”.

El índice del libro es el siguiente:

  • -Presentación. Eduardo Ferrer Mac-Gregor.
  • -Prólogo. Diego Rodríguez Pinzón.
  • -Introducción.
  • -1. Competencia.
  • -1.1. Competencia Ratione Personae.
  • -2. Admisibilidad.
  • -2.1. Requisitos Formales de Admisibilidad.
  • -2.2. Condiciones Sustantivas de Admisibilidad.
  • -3. La prueba.
  • -3.1. Medios Probatorios.
  • -3.2. Síntesis.
  • -4. Procedimiento.
  • -4.1. Generalidades.
  • -4.2. Procedimiento 1: Trámite más Frecuente.
  • -4.3. Procedimiento 2: Trámite más Sencillo.
  • -4.4. Procedimiento 3: Trámite con Celebración de Audiencia Pública.
  • -4.5. Procedimiento 4: Trámite con Observaciones de las Partes.
  • -4.6. Procedimiento 5: Trámite con Cumplimiento anticipado del Estado.
  • -4.7. Otros Procedimientos: Trámite poco Frecuentes.
  • -4.8. Síntesis.
  • -5. Decisión de la Corte.
  • -5.1. Generalidades.
  • -5.2. Votos razonados, concurrentes y disidentes.
  • -5.3. Imposibilidad de recurrir la decisión de la Corte.
  • -5.4. Adopción de las medidas provisionales.
  • -5.5. Deber de informar.
  • -6. Duración.
  • -6.1. Mantenimiento.
  • -6.2. Ampliación.
  • -6.3. Levantamiento.
  • -6.4. Restablecimiento.
  • -7. Cumplimiento.
  • -7.1. Medios utilizados para proteger a los beneficiarios.
  • -7.2. Efectos del cumplimiento.
  • -7.3. Incumplimiento.
  • -7.4. Dificultades para cumplir.
  • -7.5. Incumplimiento y Asamblea General de la OEA.
  • -7.6. Mecanismos de Supervisión y Control.
  • -8. Carácter vinculante y responsabilidad internacional.
  • -8.1. Generalidades.
  • -8.2. Posición de la Corte Interamericana.
  • -8.3. Desobediencia intencional por parte de algunos Estados.
  • -Bibliografía.


lunes, 27 de mayo de 2013

Venezuela vuelve a recusar a cinco Jueces de la Corte y a su Secretario


Este reporte fue elaborado por Oswaldo Ruiz-Chiriboga.

El 12 de febrero de 2013, el Presidente en funciones de la Corte IDH, resolvió una recusación interpuesta por la República Bolivariana de Venezuela en el caso Hermanos Landaeta Mejías y otros vs. Venezuela. Los antecedentes del presente caso pueden encontrarse en un reporte publicado previamente en este Blog (ver aquí).

El 28 de enero de 2013 el Estado presentó junto con su contestación al escrito de sometimiento del caso de la Comisión Interamericana y al escrito de solicitudes, argumentos y pruebas de los representantes de las presuntas víctimas, una recusación contra los jueces Diego García Sayán, Leonardo A. Franco, Manuel Ventura Robles, Margarette May Macaulay y Rhadys Abreu Blondet, y contra Pablo Saavedra Alessandri, en su condición de Secretario del Tribunal (cons 3). Además, solicitó a la Corte tener en cuenta “todo lo expuesto en el escrito de contestación de la demanda presentado en el caso Francisco Usón” (cons 6).

El contexto de los hechos que Venezuela considera justifica su “derecho a la recusación” de los señalados Jueces y el Secretario se refiere a la deliberación privada del Tribunal inmediatamente posterior a la audiencia pública del caso Usón Ramírez Vs. Venezuela, celebrada el 1 de abril de 2009, en el XXXVIII Período Extraordinario de Sesiones de la Corte, en Santo Domingo, República Dominicana, de cuyo contenido se enteró cuando por error se le entregó un disco compacto que contenía no sólo la grabación de la audiencia pública, sino también la de la deliberación privada. A juicio del Estado, las manifestaciones realizadas en esa deliberación privada por los Jueces mencionados demostraría “que los mismos han tomado una posición previa y directamente en contra de la República Bolivariana de Venezuela” y en consecuencia deberían ser separados de forma inmediata del conocimiento de la causa.

El 12 de febrero de 2013 los Jueces Diego García Sayán y Manuel E. Ventura Robles, Presidente y Vicepresidente del Tribunal respectivamente, remitieron una nota al Juez Alberto Pérez Pérez, para que, teniendo en cuenta el orden de precedencia, éste adopte la decisión sobre el trámite que la Corte debe dar a dicho escrito (Visto 2).

jueves, 23 de mayo de 2013

Corte IDH inaugura su nueva página web


Este reporte fue elaborado por Oswaldo Ruiz-Chiriboga y Álvaro Paúl Díaz.

La Corte IDH inauguró recientemente su nueva página web. Este cambio coincide con la nueva página web lanzada ayer por el Tribunal Europeo (ver aquí). Durante los pasados días hemos estado tratando de familiarizarnos con el nuevo formato y hemos creído oportuno hacer un par de comentarios sobre los puntos positivos y negativos del nuevo “look electrónico” del Tribunal.  Por cierto, entendemos que todo cambio requiere de ciertos ajustes técnicos, por lo que probablemente la Corte hará ciertas modificaciones a la página web en los próximos días o semanas.  Al final de este posteo, los invitamos a ustedes también a dejarnos sus comentarios.

La Página de Inicio tiene un diseño más atractivo y dinámico. El usuario puede elegir navegar entre múltiples opciones que están a un clic de alcance. A diferencia de la anterior web, la nueva contiene un visible acceso a la galería multimedia, en donde se encuentran fácilmente las audiencias públicas, conferencias y fotos de períodos pasados de sesiones. La información sobre el Tribunal, como su composición, Reglamento, Estatuto y demás, también se muestra en la Página de Inicio.  Sería bueno que la nueva página de la Corte incluya un “Mapa del Sitio”, ya que tal sección puede ser muy útil a la hora de buscar información en páginas con una gran cantidad de información.

La Página de Inicio incluye ahora un link a las donaciones que la Corte recibe, lo cual es una muestra de transparencia del Tribunal que hay que resaltar.  Ésta no es la única muestra de transparencia, pues también se exhibe, por ejemplo, el convenio existente entre la Corte y la Universidad de Utrecht (en la sección sitios de interés).  No obstante, el Tribunal todavía no incluye los datos del personal legal y administrativo de su Secretaría. Esto no solamente sería un agradable gesto de reconocimiento a la labor de sus funcionarios, haciéndose públicos sus perfiles y experiencia (tal y como lo hace la Comisión Interamericana en su página web, ver aquí), sino que también tiene incidencia en la transparencia de la Corte. Por ejemplo, si el público conociera quiénes trabajan en la Secretaría del Tribunal y cuál es su perfil, se podrían responder preguntas como: ¿Cuál es la formación académica y profesional de quienes asisten a los jueces en la toma de sus decisiones? ¿Existe un adecuado balance de género? ¿Tiene la Secretaría entre sus funcionarios a personas pertenecientes a minorías étnicas? ¿Existe un adecuado balance de nacionalidades del continente en el personal legal y administrativo de la Corte? ¿Están presentes en la Secretaría las diferentes tradiciones legales de la región (derecho civil y common law)? ¿Cuánto tiempo duran en sus cargos los funcionarios? (ello permitiría determinar si existe un adecuado balance entre renovación y continuidad) ¿Cuál es la estructura organizativa de la Secretaría (grupos de trabajo por temas, por casos o por país, u otra forma distinta)? Nada de eso es público.

miércoles, 22 de mayo de 2013

Artículo sobre el razonamiento probabilístico de la Corte Interamericana



Este reporte fue elaborado por Oswaldo Ruiz-Chiriboga

En el último volumen de la Revista Anuario de Derecho (U. de los Andes, Venezuela) (Vol. 29, 2013, pp. 43-73) se publicó el artículo llamado “Razonamiento Probabilístico de la Corte Interamericana para Probar Violaciones Ocurridas en un Contexto de Atropellos Masivos”, escrito por Álvaro Paúl, colaborador de este blog. El resumen del  artículo es el siguiente:

“El presente trabajo analiza una forma de argumentación utilizada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos que podría llamarse ‘razonamiento probabilístico’. Esta forma de argumentación ha sido previamente identificada por otros autores (aunque no ha recibido una denominación específica). La novedad de este artículo no está en describir esta institución, sino en analizar su naturaleza y hacer un estudio sistemático de la misma. Entre otras cosas, este artículo se refiere a la forma en que opera este razonamiento en relación a la carga de la prueba y al estándar probatorio. Al hacerlo, este artículo propone ciertas consideraciones que deben tenerse en cuenta al aplicar este razonamiento”.