lunes, 30 de abril de 2012

Corte IDH visitó Sarayaku y Ecuador reconoce responsabilidad internacional


Diego García-Sayán, Presidente de la Corte IDH, y Pablo
Saavedra, Secretario, bebiendo chicha en Sarayaku

Este reporte fue elaborado por Oswaldo Ruiz-Chiriboga.

El 25 de abril de 2012, la Corte IDH emitió un comunicado de prensa (CP-07/12), mediante el cual informó que el sábado 21 de abril hizo una “histórica visita" al territorio del Pueblo Indígena Kichwa Sarayaku, ubicado en la provincia de Pastaza, en el suroriente amazónico del Ecuador, en el marco de una diligencia probatoria en el caso Pueblo Indígena Kichwa de Sarayaku vs. Ecuador. A continuación se transcribe las secciones pertinentes del comunicado:

“La visita fue dispuesta como una medida excepcional dentro del caso, a invitación del propio Estado y con la participación de las demás partes en el proceso, con el propósito de observar in situ la situación y vivencias de las presuntas víctimas del caso, así como ciertos lugares donde ocurrieron hechos del caso.

La delegación del Tribunal que efectuó la visita estuvo integrada por el Presidente de la Corte, Juez Diego García-Sayán, la Jueza Rhadys Abreu Blondet, el Secretario Pablo Saavedra Alessandri y los abogados de la Secretaría,  Olger González y Jorge Errandonea.  Durante la visita estuvieron presentes, además, dos abogadas de la Comisión Interamericana.  Asimismo, por parte del Estado del Ecuador estuvieron presentes el Secretario Jurídico de la Presidencia de la República, doctor Alexis Mera, la Ministra de Justicia, doctora Johana Pesántez, el Vicecanciller, doctor Marco Albuja, el Secretario Ejecutivo del ECORAE, antropólogo Carlos Viteri, entre otros funcionarios estatales. 

lunes, 23 de abril de 2012

Corte IDH dicta su primera Sentencia sobre desaparición forzada en contra de la República Dominicana


Narciso González

Este reporte fue realizado por Francisco Quintana.
El 27 de febrero de 2012, la Corte Interamericana emitió la sentencia en el caso Narciso González Medina y familiares vs. República Dominicana. El fallo fue dado a conocer el pasado 2 de abril de 2012.
El caso trata sobre la desaparición forzada del señor Narciso González, de 52 años, la cual comenzó el 26 de mayo de 1994 sin que hasta la fecha de la emisión de la sentencia se conociera su paradero. “Narcizaso”, como se le conocía popularmente, fue un reconocido activista y critico del régimen dictatorial de Rafael Leonidas Trujillo, así como de Joaquín Balaguer. Era abogado y fue profesor de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), columnista, poeta, ensayista, animador cultural de grupos populares y periodista; “se dedicó por su cuenta a producir revistas humoristas de corte político en las que satirizaba a los dirigentes políticos en el poder” (párrafo 94 de la sentencia).
Narcizaso denunció el fraude electoral que diez días antes de su desaparición se había configurado en las elecciones presidenciales en donde se declaró como ganador al Presidente Balaguer. Además, Narciso González publicó un artículo de opinión en la revista La Muralla titulado: “10 pruebas que demuestran que Balaguer es lo más perverso que ha surgido en América”. En dicho artículo el señor González Medina utilizó 10 sinónimos de la palabra perverso para demostrar que, en su opinión, “Joaquín Balaguer [era] la perversidad elevada a su máxima expresión” (párrafo 94 de la sentencia).

Convocatoria a audiencia pública caso Gudiel Alvarez y otros vs. Guatemala (Diario Militar)


Reporte realizado por Santiago Medina

El 20 de marzo de 2012, el Presidente de la Corte IDH adoptó una Resolución con el fin de convocar a una audiencia pública en el caso Gudiel Álvarez y otros vs. Guatemala. En dicha Resolución se determinó la prueba que sería recaudada por el Tribunal. La presentación del caso, reportada oportunamente en este Blog, y los antecedentes fácticos del mismo pueden verse aquí.

Las partes ofrecieron como prueba lo siguiente:

·         La Comisión ofreció 3 dictámenes periciales, dos para audiencia pública y uno por afidávit  (Visto 1)

·         Los representantes de las presuntas víctimas ofrecieron 6 declaraciones de víctimas y 7 dictámenes, de los cuales 3 víctimas y 4 peritos declararían por afidávit y 4 víctimas y 3 peritos rendirían sus declaraciones en audiencia pública. (Visto 2)

martes, 17 de abril de 2012

Corte IDH viaja a Guayaquil, Ecuador


La Corte Interamericana de Derechos Humanos celebrará del 23 al 27 de abril de 2012, en Guayaquil, Ecuador, su 45 Período Extraordinario de Sesiones. En el mismo, se celebrarán tres audiencias públicas, y se llevará a cabo un seminario sobre la jurisprudencia de la Corte. 

La agenda, el formulario de inscripción y demás datos relacionados pueden encontrarse aquí.

jueves, 12 de abril de 2012

Rechazo de interpretación de Sentencia en Caso Grande vs. Argentina


Este reporte fue realizado por Santiago Medina.

Antecedentes:

Este caso fue decidido mediante Sentencia de 31 de agosto de 2011, reportada oportunamente en este blog (ver aquí).  Como se reseñó en su momento, en este caso la decisión de la Corte fue admitir las excepciones preliminares interpuestas por Argentina. Además, el Tribunal declaró que no se consideró probada  la violación de los artículos 8 y 25 de la Convención.  Así terminó el proceso internacional a favor del Estado de Argentina.

Solicitud de Interpretación presentada por la Comisión Interamericana

La Comisión Interamericana presentó el 30 de diciembre de 2011 una demanda de interpretación que cuestionó el sentido y alcance de la Sentencia emitida por la Corte IDH en cuatro aspectos, a saber:

a) La discrepancia entre los hechos sometidos en la petición inicial y la interpretación sobre los mismos que hizo la Corte en la Sentencia.  La Comisión sostuvo que la Corte sólo había analizado en su Sentencia lo relativo al proceso civil de daños y perjuicios en el contexto del caso, y que la petición inicial versaba adicionalmente sobre un allanamiento del cual habría sido objeto la presunta víctima y el proceso penal en contra de ésta, donde había sido sujeto de sanción. A consideración de la Comisión esto habría quedado por fuera de análisis en la Sentencia de la Corte IDH (cons. 5 y 6). 

miércoles, 11 de abril de 2012

Libro sobre los derechos económicos, sociales y culturales en el Sistema Interamericano


Este reporte fue elaborado por Oswaldo Ruiz-Chiriboga.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos de México publicó un libro de Oscar Parra Vera, abogado de la Corte IDH, titulado “Justiciabilidad de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales en el Sistema Interamericano”.  Esta es la introducción de la obra, realizada por el propio autor:

“Durante la última década se ha incrementado la producción teórica y el debate en torno a la doctrina sobre las potencialidades y límites del litigio respecto a los derechos económicos, sociales y culturales (en adelante “DESC”) en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Algunas posturas han señalado que, dado el difícil y limitado acceso al sistema, el uso indiscriminado del litigio internacional, sin consideración de los factores no legales que influyen en estos derechos, tiene el potencial de generar efectos negativos. Además, se ha señalado que el litigio puede tener un rol importante si se usa como un mecanismo más dentro de otras estrategias de incidencia que involucran a los movimientos sociales, los medios de comunicación y otras formas de presión. Por otro lado, se debate acerca de la pertinencia de estrategias directas a partir del artículo 26 de la Convención Americana de Derechos Humanos (en adelante la “Convención Americana” o el “Pacto de San José”) o indirectas (utilizando los derechos civiles y políticos adecuados), según la interpretación del alcance de las obligaciones respecto a estos derechos y teniendo en cuenta los antecedentes jurisprudenciales que son interpretados como probable negación a casos que involucren una protección judicial directa de los mismos. 

Supervisión del cumplimiento de la sentencia en el caso Garibaldi vs. Brasil


Sétimo Garibaldi

Este reporte fue elaborado por Claudia Josi:

La Corte Interamericana de Derechos Humanos hizo pública su resolución de 20 de febrero de 2012, sobre el cumplimiento de la sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas dictada por la Corte IDH el 23 de septiembre de 2009 en el caso Garibaldi vs. Brasil.

En la resolución anterior, de 22 de febrero de 2011, la Corte había declarado que mantendría abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento de los siguientes puntos pendientes:

“a)           conducir eficazmente y dentro de un plazo razonable la investigación y cualquier proceso que se llegare a abrir, como consecuencia de ésta, para identificar, juzgar y, eventualmente, sancionar a los autores de la muerte del señor Garibaldi. Del mismo modo, el Estado debe investigar y, si es el caso, sancionar las eventuales faltas funcionales en las que podrían haber incurrido los funcionarios públicos a cargo de la investigación, en los términos establecidos en la Sentencia (punto resolutivo séptimo de la Sentencia);

martes, 10 de abril de 2012

Artículo sobre afrodescendientes y pueblos indígenas


Este reporte fue realizado por Oswaldo Ruiz-Chiriboga.

En el último volumen (No. 15) de la revista UCLA Journal of International Law and Foreign Affairs, Ariel Dulitzky, professor de la University of Texas School of Law, publicó el artículo titulado “When Afro-DescendantsBecame ‘Tribal Peoples’: The Inter-American Human Rights System And Rural Black Communities”.  Este es el resumen:

“The inter-American human rights system has established itself as a permanent and prominent actor in the discussion on the protection of indigenous and Afro-descendant collective territorial rights.  It has done so by demonstrating receptivity to the territorial demands of indigenous and Afro-descendant peoples.  The inter-American jurisprudence, in order to recognize collective rights to property, assumes and requires that indigenous and certain Afro-descendant peoples have a unique cultural relationship with their lands and qualify as “tribal peoples.”  While there are benefits and opportunities from the use of an international judicial mechanism to protect these collective rights, there are also limits to employing a litigation strategy based on the cultural approach to territory. 

Corte IDH emite Resolución de supervisión del cumplimiento del caso El Amparo vs. Venezuela


Este reporte fuera realizado por Francisco Quintana.

El 20 de febrero de 2012 la Corte Interamericana emitió una Resolución de Supervisión del Cumplimiento de las Sentencias del caso El Amparo Vs. Venezuela. El Tribunal emitió sus sentencias de fondo y de reparaciones y costas el 18 de enero de 1995 y el 14 de septiembre de 1996, respectivamente.

En su última Resolución de Supervisión de Cumplimiento dictada el 4 de febrero de 2010, el Tribunal declaró, inter alia, que mantendría “abierto el procedimiento de supervisión hasta el cumplimiento del punto pendiente de acatamiento en el presente caso, a saber, continuar las investigaciones de los hechos a que se refiere este caso y sancionar a quienes resulten responsables (punto resolutivo cuarto de la Sentencia)”.

Al momento de la emisión de la Resolución de febrero de 2012, Venezuela no había informado sobre el cumplimiento de las sentencias desde el 28 de junio de 2010 (vistos 3 a 7). 

jueves, 5 de abril de 2012

Honduras no termina de dar cabal cumplimiento a la Sentencia del caso Juan Humberto Sánchez


Este reporte fue elaborado por Francisco Quintana.

El pasado 20 de febrero de 2012, la Corte Interamericana emitió una Resolución de supervisión de cumplimiento de la Sentencia de Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas del caso Juan Humberto Sánchez vs. Honduras, emitida el 7 de junio de 2003.

Juan Humberto Sánchez fue detenido en dos ocasiones por las fuerzas armadas hondureñas “por su presunta vinculación con el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) de El Salvador”. La primera captura duró solamente un par de horas debido a la ausencia de evidencia sobre los cargos de la detención. La segunda captura se produjo la noche del mismo día en que había sido liberado, el 11 de julio de 1992, y fue llevada a cabo por efectivos del Primer Batallón de Fuerzas Territoriales en el domicilio de la víctima.

El 22 de julio de 1992, el cadáver de la víctima fue hallado en un pozo de un río “trabado entre las piedras y en estado de descomposición[,] […] llevaba un lazo al cuello que le cruzaba el pecho hasta atarle las manos hacia atrás y mostraba señales de tortura”. El recurso de hábeas corpus interpuesto en favor de la víctima fue ineficaz, y a la fecha de la emisión de la sentencia no se había juzgado ni sancionado a nadie por su “secuestro, tortura y ejecución” (párrafo 1 de la Sentencia).

Convocatoria a Audiencia Pública en el caso Masacres de El Mozote y Lugares Aledaños vs. El Salvador


Este reportaje fue elaborado por Francisco J. Rivera Juaristi.

La Corte hizo pública la Resolución de su Presidente de 22 de marzo de 2012, mediante la cual decidió recibir como prueba ciertas declaraciones y dictámenes periciales por medio de afidávits y convocar a audiencia pública a las partes en el caso Masacres de El Mozote y Lugares Aledaños vs. El Salvador. Los antecedentes de este caso pueden encontrarse aquí y aquí.

La Comisión ofreció como prueba tres dictámenes periciales y los representantes de las presuntas víctimas ofrecieron once declaraciones y cuatro dictámenes periciales. Por su parte, el Estado de El Salvador presentó el 26 de diciembre de 2011 un escrito mediante el cual reconoció su responsabilidad internacional por los hechos del caso y, en virtud del mismo, manifestó que no ofrecería como prueba declaración o dictamen alguno (vistos 1, 2, 3 y 5, y cons. 2). 

martes, 3 de abril de 2012

Primera Sentencia de la Corte en materia de orientación sexual


Karen Atala Riffo

Este reporte fue elaborado por Álvaro Paúl Díaz.

La Corte IDH hizo pública su sentencia de fondo, reparaciones y costas de 24 de febrero de 2012, dictada en el caso Atala Riffo y Niñas vs. Chile. Este blog había reportado ya varias resoluciones de este caso. A continuación se presenta una reseña de la sentencia definitiva, basada en gran parte en el resumen oficial de esta última. A menos que se diga lo contrario, las frases entre comillas son tomadas del resumen oficial de la sentencia, mientras que las referencias a los números de párrafos se refieren a la ubicación de los puntos respectivos en la sentencia.

Introducción y cuestiones procesales

El 17 de septiembre de 2010 la Comisión Interamericana presentó una demanda contra el Estado de Chile. Ella decía relación con un caso presentado ante la Comisión el 24 de noviembre de 2004 por la señora Karen Atala Riffo. En la referida demanda, la Comisión solicitó a la Corte declarar la violación de los artículos 11 (Protección de la Honra y de la Dignidad), 17.1 y 17.4 (Protección a la Familia), 19 (Derechos del Niño), 24 (Igualdad ante la Ley), 8 (Garantías Judiciales) y 25.1 y 25.2 (Protección Judicial) de la Convención Americana sobre DD.HH., en relación con el artículo 1.1 de la misma. La Comisión también solicitó al Tribunal que ordenara al Estado la adopción de medidas de reparación (párrs. 1 y 3). Los representantes de la peticionaria coincidieron con los hechos descritos por la Comisión en su demanda, y solicitaron la declaración de los mismos artículos, a la vez que requirieron a la Corte declarar diversas medidas de reparación (párr. 5). Por su parte, el Estado controvirtió la totalidad de las pretensiones presentadas por la Comisión y los representantes, rechazando también las pretensiones de éstos y su responsabilidad internacional por las alegadas violaciones a la Convención (párr. 6).