miércoles, 2 de noviembre de 2011

Convocatoria a audiencia en el caso Mapiripán vs. Colombia


Ante los últimos acontecimientos que se han presentado en Colombia, relativos al caso Masacre de Mapiripán (ver aquí), el Presidente de la Corte Interamericana decidió convocar a audiencia privada al Estado, a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Esta información fue divulgada mediante un comunicado de prensa (CIDH_CP-15/11) de 1 de noviembre de 2011, el cual se transcribe a continuación:

“El Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Diego García-Sayán, emitió el día de ayer una resolución en la cual convoca a una audiencia privada de supervisión de cumplimiento de sentencia en el Caso de la Masacre de Mapiripán. 

Lo que motiva esta audiencia son algunos hechos de conocimiento público en Colombia relacionados con el cumplimiento de la sentencia sobre este caso, dictada por la Corte Interamericana el 15 de septiembre de 2005. En los últimos días circularon versiones generadas por autoridades de Colombia y reproducidas en los medios de comunicación de ese país a través de las cuales se sostendría que algunas de las personas calificadas como víctimas en el proceso no tendrían tal condición.

El Presidente de la Corte señaló que “es necesario que estos hechos que actualmente forman parte del debate público, sean canalizados a través del mecanismo de supervisión de cumplimiento de sentencias de la Corte Interamericana para que ésta, en su caso, tome las medidas que correspondan”.  La audiencia se celebrará ante el pleno de la Corte Interamericana en San José, Costa Rica, el 23 de noviembre [de 2011]”.

El texto íntegro de la Resolución de convocatoria a audiencia puede encontrarse aquí.

El texto de la Sentencia de la Corte de 15 de septiembre de 2005 dictada en este caso puede encontrarse aquí.

Los escritos principales de las partes presentados en el trámite contencioso del caso (demanda, contestación, reconocimiento de responsabilidad, alegatos finales, etc.), así como las resoluciones del Tribunal en tal procedimiento, pueden encontrarse aquí.

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