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martes, 24 de mayo de 2011

Artículo sobre leyes de amnistía en la jurisprudencia de la Corte IDH

En la Revista German Law Journal (No. 12), Christina Binder, publicó el artículo titulado The Prohibition of Amnesties by the Inter-American Court of Human Rights. A continuación copio parte de la introducción del artículo:

“The Inter-American Court of Human Rights has proven a particularly active defender of human rights in Latin America. The Court has developed an innovative and creative jurisprudence with respect to all kinds of human rights violations, including forced disappearances, extrajudicial killings, violations of indigenous peoples’ rights or those of undocumented migrants. Legal scholars have praised the Inter-American Court for its effective protection of human rights and even the International Court of Justice has drawn on the judgments of the Inter-American Court. The Inter-American Court has, however, also been criticized for adopting an overly broad standard of review, exceeding the competences conferred on it in the American Convention on Human Rights (ACHR, Convention) and for its detailed reparation orders which encroached on the states’ internal domestic affairs. Put differently, the Court was blamed for being a too active judicial lawmaker. It has therefore been suggested that the Inter-American Court would be well advised to pay more attention to national sovereignty and the consent of the regional community of states when exercising its adjudicative function.

[…]

The InterAmerican Court’s proactive role with respect to a crucial Latin American legacy is especially telling: The passing of amnesty laws and decrees has shielded perpetrators of grave human rights violations from prosecution. The Court developed some of its most innovative and farreaching approaches to the effective protection of human rights in its amnesty jurisprudence. The InterAmerican Court—adopting a radically monist approach to the relationship between international and national law—gave direct effect to its judgments, determined that national laws lacked legal effects, and also obliged domestic courts to engage in a form of decentralized conventionality control (control de convencionalidad), whereby the domestic courts are prohibited from applying national laws which violate the ACHR.

[…]

This contribution will examine the lawmaking role of the InterAmerican Court and its inherent tension with democratic selfdetermination. This will be done with special focus on the Court’s jurisprudence on national amnesty legislation, which provides for impunity in cases of grave human rights violations. After a brief overview of the Court’s role in the InterAmerican system for the protection of human rights (part B), the Court’s exercise of its judicial functions will be scrutinized with special focus on its amnesty jurisprudence (part C). It will be argued that the InterAmerican Court considerably expands the competences originally attributed to it in the ACHR. It is against this background that the reception of its amnesty jurisprudence at the national level will be examined and evaluated (part D). Part E concludes.”

3 comentarios:

  1. Buenas tardes Dr. Oswaldo reciba un cordial saludo y quiero felicitarlo por el Blog, me llamo Quevin Zapata y soy estudiante de derecho de 2do año de la Universidad de Medellín (Colombia); la presente es para pedirle un pequeño favor y es si me puede indicar como empezar a formarme en todo lo referente a la CIDH.

    Yo estoy en un grupo de estudio de derecho internacional, pero recién comienzo y hemos visto: nociones básicas del derecho internacional,CICR,DIP,DPI y próximamente veremos DIH y CIDH para escoger la que mas nos guste; a mi me llama mucho la atención la CIDH.

    Y como veo que usted tiene una amplia formación, por eso si no le incomodo me gustaría me indicara por donde comenzar; ya que hay mucho para leer y quiero comenzar de forma ordenada a aprender cosas extras.

    Estaré atento a su respuesta, muchas gracias de ante mano.

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  2. Estimado Quevin,
    Gracias por escribir. Tienes básicamente tres formas de empezar a formarte en temas relacionados con la Corte IDH. La primera es simplemente estudiar la jurisprudencia de la Corte. Todos sus fallos los consigues en internet (www.corteidh.or.cr). El inconveniente de este método es que la sistematización de los conceptos la tienes que hacer tu mismo, y estar atento de todos los cambios jurisprudenciales. La ventaja es que no tendrás que gastar un centavo.
    El segundo acercamiento lo puedes hacer a través de manuales o publicaciones especializadas sobre el tema. La publicación más reciente es el libro de Laurence Burgorgue-Larsen y Amaya Úbeda de Torres que ya fue reportado en este blog (ver http://corteidhblog.blogspot.com/2011/05/primer-libro-en-ingles-que-analiza.html). El libro está en inglés y es algo caro. Quizá tu universidad pueda comprarlo para su biblioteca y así puedas tener acceso a él. Otra publicación interesante es la de H. Faúndez Ledezma. Este libro está en español y su precio es más accesible. Finalmente, la Fundación Konrad Adenauer publicará un libro a finales de este año o a principios del siguiente en donde varios autores comentarán la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Cuando el libro se publique verás una entrada al respecto en este blog.
    La tercera forma de acercarte a la Corte IDH es a través de cursos y seminarios sobre el tema. El IIDH organiza anualmente varios cursos y te ofrecen becas (son muy competitivas). También en su página web encontrarás cursos autoformativos y más material de ayuda (ver www.iidh.ed.cr)
    Espero que este breve post te sea de utilidad y mucha suerte en tus estudios.
    O.R. Ruiz Chiriboga

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  3. Muchas gracias Dr. Oswaldo por dedicarme un par de minutos de su tiempo, me ha sido de mucha ayuda.

    Me permito felicitarlo por esa magna labor que lleva acabo y por esa formación tan bien estructurada que se ha forjado a pesar de ser aun muy joven.

    Me gustaría saber mas acerca de las becas para los cursos y seminarios y cuales son los parámetros que tienen en cuenta para esforzarme mas.

    Reciba un saludo y seré un lector constante de su Blog.

    Hasta pronto.

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